La Junta Nacional de Justicia (JNJ) abrió una investigación preliminar contra la suspendida fiscal de la Nación, Delia Milagros Espinoza Valenzuela, por presuntamente haber incumplido sus funciones al demorar 57 días la ejecución de la resolución que ordenaba la reincorporación de la fiscal Azucena Inés Solari Escobedo.
La decisión del órgano constitucional se sustenta en que la orden para restituir a Solari -emitida en junio- no fue formalizada hasta agosto, pese a tratarse de una disposición firme. La denuncia fue presentada por el ciudadano Luis Miguel Calla, quien señaló que la tardanza afectó el cumplimiento de un mandato de la JNJ.
El expediente detalla que, durante ese periodo, Espinoza remitió oficios expresando reparos a la resolución de la Junta, aun cuando ya había sido notificada. Esa conducta será ahora analizada por el pleno de la JNJ para determinar si configura alguna de las faltas muy graves previstas en la Ley de la Carrera Fiscal, relacionadas con el incumplimiento de resoluciones y la perturbación del normal funcionamiento del Ministerio Público.
Con la apertura de la indagación, la JNJ evaluará si la entonces titular del Ministerio Público incurrió en inconducta disciplinaria. De acreditarse responsabilidad, podría recibir sanciones que abarcan suspensión, medidas correctivas o incluso destitución, según el marco sancionador vigente.
Azucena Solari fue destituida por respaldar informes considerados irregulares en un proceso que terminó con la remoción de una fiscal vinculada a la investigación de la jueza suprema Emma Benavides. Sin embargo, en junio, la JNJ revocó esa destitución y ordenó su retorno como fiscal superior.
De otro lado, el Poder Judicial admitió a trámite el recurso de apelación presentado por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) para que se revoque la decisión de permitir a Delia Espinoza continuar en el cargo de fiscal de la Nación. La medida, que fue adoptada el 28 de octubre, abre un nuevo capítulo en el proceso disciplinario que involucra a la suspendida máxima representante del Ministerio Público.
El juez constitucional de Lima, Fidel Torres Tasso, dispuso la medida al determinar que el procurador público de la JNJ interpuso el recurso en el plazo legal dispuesto por el artículo 22 del Código Procesal Constitucional, Ley 31307. El magistrado resolvió remitir el recurso sin efecto suspensivo a la Tercera Sala Constitucional de Lima, organismo que deberá decidir si admite o no el recurso y, de ser así, convocar una audiencia virtual para escuchar los argumentos de todas las partes involucradas antes de emitir un fallo.




