JNJ suspende a Zoraida Ávalos por 30 días

Por nombrar como fiscal superior a la hija de su comadre

Por nombrar como fiscal superior a la hija de su comadre

Por unanimidad, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) dispuso suspender por 30 días a la fiscal suprema Zoraida Ávalos en su actuación como fiscal de la Nación por haber nombrado como fiscal superior adjunta de Piura a Carla Bourdieu Zavala, hija de su amiga y comadre María Zavala Valladares, quien es integrante actual del pleno de la JNJ.

La institución acordó aprobar el informe elaborado por la vocal ponente Luz Tello, que determinó responsabilidad administrativa en Ávalos por no haber guardado una conducta intachable incurriendo en una falta grave, prevista en el numeral 13 del artículo 47 de la Ley de Carrera Fiscal.

La JNJ consideró que a pesar de no existir un procedimiento específico para esta acción, Ávalos no tuvo una conducta intachable pues era consciente de su relación amical y comadrazgo con María Zavala Valladares.

“En líneas generales, ha argumentado la falta de un procedimiento específico para la designación de fiscales provisionales en el Ministerio Público, existiendo únicamente buenas prácticas que no tienen carácter vinculante”, detalló la fiscal Inés Tello.

Este caso surgió a raíz de un reportaje emitido en Panorama, el 12 de junio de 2021, en el que se denunció que Zoraida Ávalos había designado a Carla Bourdieu Zavala como fiscal adjunta provisional en el Tercer Despacho de la Fiscalía Superior Penal de Piura.

María Zavala, madre de Carla Bordieau, admitió en su entrevista personal ante la JNJ que tenía un conflicto de intereses con Ávalos.

De otro lado, con 15 votos a favor, la Comisión Permanente del Congreso aprobó denunciar constitucionalmente a la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, y recomendó su inhabilitación para el ejercicio de la función pública por cinco años.

La fiscal suprema es acusada de infracción a la Constitución y por la presunta comisión de los delitos de omisión, rehusamiento o demora en el acto funcional, debido a que se amparó en el artículo 117 de la Carta Magna para no investigar al expresidente Pedro Castillo.

Por otro lado, se archivaron las denuncias que sindicaban a Ávalos Rivera de haber cometido los delitos de falsedad genérica, abuso de autoridad, encubrimiento real, organización criminal y delitos contra la administración pública.


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