Jornada no será superior a 6 horas diarias o 30 horas semanales
El Gobierno emitió un decreto legislativo que aprueba el régimen especial que regulas las prácticas preprofesionales y profesionales en entidades del sector público, en el marco de las facultades legislativas delegadas por el Congreso.
Los beneficios para los practicantes serán similares a los del sector privado, incluyendo una Remuneración Mínima Vital (RMV) como piso salarial; es decir, S/930.
Otros beneficios incluyen las vacaciones por 15 días cuando se supere el año de prácticas, y el depósito de medio sueldo adicional por cada seis meses de convenio, similar a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
El convenio de prácticas preprofesionales se podrá extender por un período máximo de dos años, incluso si se desarrollan en más de una entidad, «a excepción de los casos en los que el plan de estudios contemple un criterio distinto para la realización de prácticas».
Sin embargo, solo el último año de prácticas podrá ser validado como experiencia profesional.
En el caso de las prácticas profesionales, solo podrá firmarse el convenio dentro de los 12 meses siguientes a la obtención del grado de egresado.
La norma detalla, además, que la jornada para las prácticas preprofesionales tendrá un máximo de 6 horas diarias o 30 horas semanales. En el caso de las profesionales, se extiende a 8 horas diarias o 48 semanales.
El texto obliga a las entidades a «otorgar un descanso semanal y feriados no laborables debidamente subvencionados».
Por otro lado, la entidad es responsable de cubrir los riesgos de enfermedad y accidentes del practicante.
El reglamento del decreto legislativo será emitido dentro de los próximos 60 días. Para acceder a las prácticas se deberá postular mediante concurso público.