La gratificación es un derecho laboral que está normado por las leyes de trabajo del Estado Peruano. Si bien muchos empleados del sector público y privado están a la espera del depósito de su aguinaldo, también a los pensionistas les corresponde recibir este importante beneficio.
En ese sentido, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) iniciará el 7 de diciembre el pago a los pensionistas, correspondiente al mes de diciembre del 2021. Adicionalmente, cobrarán sus aguinaldos por Navidad.
Cabe señalar que el aguinaldo extraordinario asciende a 300 soles, y aplica a los pensionistas de los D.L. N° 19990, D.L. N° 18846 y del D.L. N° 20530 a cargo de la ONP. El cobro de pensión y aguinaldo beneficiará a más de 500 mil jubilados
JUBILADOS DE LA 19990
A – C: 07 de diciembre.
D – L: 09 de diciembre.
M – Q: 10 de diciembre.
R – Z: 13 de diciembre.
Convenios internacionales: 14 de diciembre.
Incluye pensionistas Ley N° 27803
Pago a domicilio: del 13 al 27 de diciembre.
Jubilados del Decreto Ley N° 18846:
Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú y Scotiabank: 13 de diciembre.
Pago a domicilio (Decreto Ley N° 18846): 17 al 27 de diciembre.
Decreto Ley N° 20530 y pensiones por encargo
Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú y Scotiabank: 13 de diciembre.
Pago a domicilio (pensiones por encargo): 17 al 27 de diciembre.
Ley N° 30003 pensionistas pesqueros:
Abono en cuenta bancaria – Banco de la Nación: 17 de diciembre.
Pago a domicilio: del 17 al 27 de diciembre.
Ley N° 26790 – pensionistas del seguro complementario de trabajo de riesgo:
Abono en cuenta bancaria – Banco de la Nación (cobertura supletoria, fondo minero y reaseguro): 17 de diciembre.