READCCIÓN
Miles de jubilados del Decreto Ley 19990 tienen dos formas de incrementar su pensión de jubilación, la primera por haber aportado al Fondo Especial de Jubilación de Empleados Particulares – FEJEP que se incorporaron al Sistema Nacional de Pensiones – SNP y que al 1 de mayo de 1973 aportaron por lo menos diez años al FEJEP.
En este caso, los pensionistas de la 19990 tendrán derecho a una bonificación complementaria equivalente al 20% de su remuneración de referencia.
Este beneficio se otorgará, si al momento de solicitar su pensión de jubilación acreditan 25 o 20 años de servicios para hombres y mujeres, respectivamente.
La segunda forma de aumentar pensión es solicitando una bonificación por “Gran Invalidez del D.L. N° 19990”, en este tema se debe tener en cuenta que esta bonificación solo les corresponde a los pensionistas de invalidez, o de viudez u orfandad inválidos del D.L. N° 19990.
CÓMO REALIZAR LA SOLICITUD:
El solicitante deberá presentarse en cualquiera de los Centros de Atención la ONP ubicados a nivel nacional con la siguiente documentación:
Exhibir el D.N.I. vigente y en el caso de extranjeros, presentar copia simple legible del carné de extranjería o pasaporte del solicitante.
Poder general, si la solicitud es presentada por un tercero o poder especial si además se faculta al apoderado a firmar Declaraciones Juradas. En dichos casos se debe exhibir el D.N.I. vigente de la persona que presenta la solicitud, del apoderado y del poderdante, según corresponda. En el caso de extranjeros, presentar copia simple legible del carné de extranjería o pasaporte.
Certificado Médico en donde se precise la gran Invalidez. El certificado médico debe ser expedido por una comisión médica de EPS, EsSalud o MINSA. (sólo para el caso de Gran Invalidez).