Omisos pueden regularizar la situación vía web
Elevados porcentajes de magistrados no titulares no cumplen con presentar su declaración jurada ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), como dispone la ley N° 30155 y su reglamento, y, por lo tanto, no pueden ser notificados por el organismo constitucional autónomo.
De acuerdo a estadísticas del área de registro de jueces y fiscales del CNM, el 39.50 por ciento de jueces no titulares y el 25.20 por ciento de fiscales no titulares incumplen la ley que regula la publicación electrónica de las resoluciones, disposiciones y notificaciones del CNM en el que se establece que todos los jueces y fiscales, titulares y no titulares, están obligados a presentar la declaración jurada que debe indicar domicilio, correos electrónicos personal e institucional, teléfono y móvil, así como también el estado y condición de su cargo.
Finalmente, el CNM informa que los jueces y fiscales no titulares omisos a presentar sus declaraciones juradas solo con ingresar al portal web del CNM (www.cnm.gob.pe), luego ir al link “Información institucional” y allí buscar el sitio “Registro de datos dispuestos en Ley N° 30155”. El único requisito es tener su documento nacional de identidad (DNI) vigente.