4 de mayo de 2026

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Juicio contra Balcázar se realizará cuando deje el cargo

Juicio contra Balcázar se realizará cuando deje el cargo

Reprogramación fija el inicio del juicio para el 27 de agosto

El juicio contra el presidente José María Balcázar por el presunto delito de difamación agravada no se iniciará este viernes 6 de marzo, como estaba previsto inicialmente. El proceso fue reprogramado para el 27 de agosto, fecha en la que el mandatario ya no estará en funciones al frente de Palacio de Gobierno.

La decisión fue adoptada por la jueza Hiroko Sandra Hiyane Ramírez, del Cuarto Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, luego de que la defensa del mandatario solicitara la suspensión del juicio oral hasta después de que concluya su mandato presidencial.

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De acuerdo con una resolución judicial conocida por RPP, el pedido se sustentó en el artículo 117 de la Constitución Política del Perú. Esta disposición establece que un presidente en ejercicio no puede ser acusado por delitos comunes cometidos antes o durante su gestión, lo que suspende temporalmente cualquier proceso penal mientras permanezca en el cargo.

A partir de ese argumento legal, el juzgado resolvió aplazar el inicio del juicio oral hasta el próximo 27 de agosto a las 9 de la mañana, cuando se realizará la audiencia de manera virtual.

El caso tiene su origen en una querella presentada por el abogado Yuri Díaz, exvicedecano del Colegio de Abogados de Lambayeque. Según la denuncia, el mandatario habría difundido una publicación en Facebook que afectó su honor y reputación, lo que motivó la acusación por difamación agravada.

Como parte del proceso, Díaz solicita una reparación civil de 300 mil soles a su favor. No obstante, al ser consultado por la prensa sobre la reprogramación del juicio, el abogado evitó brindar declaraciones y señaló que prefiere mantener reserva por motivos de seguridad personal y familiar.

La postergación del proceso implica que cualquier avance judicial sobre este caso recién podrá evaluarse una vez que el actual jefe de Estado haya concluido su mandato, momento en el cual dejaría de aplicarse la protección constitucional que suspende temporalmente este tipo de procesos.

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