Militares y policías no serán víctimas de una persecución política por parte del Ministerio Público a la hora de enfrentar a la delincuencia, según el nuevo Proyecto de Ley N.° 9187/2024-CR, propuesto por la bancada de Fuerza Popular.
Según el congresista Fernando Rospigliosi, integrante de esta grupo parlamentario, la iniciativa busca que los militares y policías investigados por presuntos delitos de función, como el abatimiento de delincuentes, sean procesados en el Fuero Militar Policial y no en el sistema judicial ordinario, tal como se hacía anteriormente.
El congresista resaltó que, en la actualidad, los miembros de las fuerzas del orden temen utilizar sus armas debido a la presión que el sistema judicial ejerce sobre ellos. “El sistema judicial caviarizado persigue, enjuicia, arruina las carreras de los policías y militares, y hasta los encarcela, lo cual ha generado temor a actuar de manera efectiva contra la delincuencia”, afirmó Rospigliosi en su publicación en X (antes Twitter).
El proyecto de ley presentado por Fuerza Popular modifica diversos artículos del Código Procesal Penal y el Código Penal Militar Policial con el fin de fortalecer la función policial de prevención, investigación y combate del delito. Además, propone que no se lleven a cabo procesos penales simultáneamente en la jurisdicción ordinaria y en la militar, cuando los hechos y sujetos procesados sean los mismos.
Con esta iniciativa, se busca que los efectivos de seguridad cuenten con garantías jurídicas para desempeñar su labor sin temor a represalias judiciales injustificadas, lo que, según el parlamentario, permitiría enfrentar de manera más decidida a la delincuencia que azota al país.
Cabe señalar que hace unas semanas, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, informó que en el proyecto de ley sobre terrorismo urbano se plantea que los policías y militares denunciados durante un estado de emergencia, sean procesados en el fuero militar y no en la vía civil.
En esa línea, precisó que hay una medida excepcional que sería aplicada.
“Que los miembros de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y la Policía Nacional del Perú (PNP), que durante el estado de emergencia sean denunciados por actos realizados en cumplimiento de sus funciones, serán investigados y sancionados según el artículo 173 de la Constitución”, dijo.
Cabe precisar que el mencionado artículo de la Carta Magna reza de la siguiente manera: “En caso de delito de función, los miembros de las FF.AA y de la PNP están sometidos al fuero respectivo y al Código de Justicia Militar. Las disposiciones de este no son aplicables a los civiles, salvo en el caso de los delitos de traición a la patria y de terrorismo que la ley determina”.
El premier Adrianzén precisó que es un compromiso que se tiene con las FF.AA. y con la Policía a fin de que puedan actuar en el estado de emergencia con la garantía legal correspondiente.