Justicia para policías que enfrentan la delincuencia

El Pleno del Congreso aprobó con 94 votos a favor, 18 en contra y 3 abstenciones, el dictamen recaído en los proyectos de ley 3999/2022-CR, 7115/2023-CR y 7965/2023-CR, que propone modificar el Código Penal, a fin de garantizar el principio de presunción de inocencia y «brindar mayor protección» a la Policía Nacional.

 

La propuesta, en uno de sus cambios, modifica el artículo 292-A del Nuevo Código Procesal Penal, la cual evitará que el fiscal solicite prisión preliminar o preventiva contra algún efectivo que use su arma de fuego en forma reglamentaria y, “como consecuencia de ello, acontece alguna lesión o muerte”.

 

“El fiscal se encuentra impedido de solicitar detención preliminar judicial, contra el personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad en cuadros que, en el ejercicio de su finalidad constitucional, hace uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria y, como consecuencia de ello, acontece alguna lesión o muerte”, se detalla en la incorporación del artículo 261-A al Nuevo Código Procesal Penal.

 

La propuesta, impulsada tanto por Fuerza Popular como Perú Libre, fue exonerada de una segunda votación con 80 a favor, 18 en contra y 3 abstenciones. Luego se presentó una reconsideración a esta exoneración, pero no fue aprobada.

 

Según se lee en el proyecto de ley, en el análisis costo-beneficio se indica que la Policía Nacional «tendrá la libre acción» para combatir la inseguridad ciudadana, además de permitir que haya mayor personal policial en las calles, ya que no serán encarcelados hasta que las investigaciones concluyan y el Poder Judicial les imponga una sentencia condenatoria.

Víctor Flores, congresista de Fuerza Popular, aseguró que este proyecto de ley aprobado en el Pleno del Parlamento no significa que se les brinda impunidad a los efectivos.

«El policía que abate a un delincuente haciendo uso de su arma de reglamento, con todos los atenuantes y la constitución en la mano, simple y llanamente estarán exentos de una detención preliminar o preventiva, nada más. El resto, si hay algún elemento de culpabilidad o negligencia, tiene que ser juzgado obligatoriamente», expresó.

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