En febrero del 2023, el excongresista Freddy Díaz Monago se entregó a las autoridades luego de que la justicia peruana le impusiera nueve meses de prisión preventiva en su contra por el delito de violación sexual contra una trabajadora de su despacho en las instalaciones del Parlamento.
Ahora, luego de un largo proceso legal, se dio a conocer que la Segunda Fiscalía Suprema Penal logró una condena de 13 años y 4 meses de pena privativa de libertad contra el exparlamentario, después de que haya sido hallado culpable.
“Como se recuerda, los hechos ocurrieron la noche del 26 y las primeras horas del 27 de julio del 2022, en la oficina de su entonces despacho congresal. La sentencia fue emitida este jueves 8 de agosto por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema”, señaló el pronunciamiento oficial del Ministerio Público.
La sentencia en contra del excongresista Freddy Díaz fue dictada como un adelanto del fallo en primera instancia, lo que quiere decir que esta es “una decisión previa a la sentencia y que detalla la intención de la condena”, una situación que solo ocurre cuando hay suficientes pruebas para que se determine un veredicto con anticipación.
Por ello, se espera que ambas partes, tanto la defensa del ahora sentenciado por violencia sexual como de la víctima, apelen, puesto que la Fiscalía había pedido inicialmente una condena de 20 años de cárcel.
Además, se recuerda que la medida restrictiva que recae en el exparlamentario vence el lunes 19 de agosto y que —de haber otros recursos de por medio— será recién en la segunda instancia cuando el fallo empiece a ser aplicado.
A inicios del 2024, el magistrado Juan Carlos Checkley rechazo la petición de la defensa de Freddy Díaz Monago, quien requirió el sobreseimiento —que refiere a la terminación del proceso—, a fin de que este pasara al archivo.
Sin embargo, de acuerdo al juez, no se lograron presentar los medios probatorios para sustentar el pedido, por lo que el excongresista se mantuvo bajo prisión preventiva, medida que fue extendida en noviembre del 2023.
Por todo lo expuesto, el Juzgado Supremo terminó por declarar infundado el pedido de sobreseimiento presentado por la defensa del acusado Díaz Monago por la comisión del delito de violación
sexual.