Keiko sería excluida del ‘caso Cócteles’

 

Los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado: Mercedes Caballero García, Nayko Coronado Salazar y Max Vengoa Valdiglesias evaluarán hoy la continuidad y futuro del juicio por el caso Cócteles, que tiene como principales protagonistas a la candidata presidencial Keiko Fujimori Higuchi y el partido político Fuerza Popular y como acusador al fiscal José Domingo Pérez, el Equipo Especial Lava Jato.

Los magistrados deben acatar la sentencia del Tribunal Constitucional que anula la acusación presentada por el fiscal Pérez el 11 de marzo de 2021, en el extremo que comprende al empresario y dirigente de Fuerza Popular, José Chlimper Ackerman, la cual se extendería a Keiko Fujimori.

Sobre el cumplimiento del fallo por parte de los jueces no hay ninguna duda. Están obligados a acatar lo resuelto por el TC bajo responsabilidad administrativa disciplinaria y penal de no hacerlo. Con lo cual Chlimper Ackerman quedaría fuera del juicio y dejará de ser acusado.

Los magistrados del TC han resuelto que Chlimper Ackerman fue víctima de una “acusación sorpresiva” por delitos de organización criminal, lavado de activos y obstrucción a la justicia de parte del fiscal José Domingo Pérez, del Equipo Especial del caso Lava Jato, al haber introducido una serie de hechos que no estaban descritos en la formalización de investigación preparatoria, lo que afecta el derecho de defensa, el debido proceso y el principio de congruencia.

Una posible alternativa, es realizar una intervención quirúrgica en la acusación para solo excluir los hechos que el TC considera que no formaron parte de la investigación preparatoria, de tal manera de proseguir con el juicio, solo por los hechos que sí tienen nacimiento y están en la acusación. Entonces, el juicio podría seguir reducido a su mínima expresión.

Pero, en ambas alternativas, los jueces deben decidir si esa sentencia se hace extensiva a otros acusados, que también deberían quedar fuera del juicio y del proceso. De hecho, José Chlimper ya no venía siendo juzgado por obstrucción a la justicia, a raíz de una sentencia del Tribunal Constitucional que resolvió que el fiscal José Domingo Pérez afectó el derecho del fiscal imparcial al investigar y acusar al abogado Arsenio Oré Guardia.

Si bien el TC solo resolvió a favor del doctor Oré Guardia al quedar claro que los demás investigados por delito de obstrucción a la justicia estaban en la misma situación argumentativa de la sentencia, esta se hizo extensiva a ellos, se concluyó que también los favorecía.

Así, el 19 de agosto, el Tercer Juzgado Penal Nacional excluyó del juicio del caso Cócteles a los abogados Arsenio Oré Guardia, Edward García Navarro, Luis Lazo Mendoza, Lorena Gamero Calero, Danae Calderón Castro y Giulliana Loza Ávalos, acusados del delito de obstrucción de la justicia.

Pero, además, en cuanto al mencionado delito, quedaron fuera del proceso Keiko Fujimori, Vicente Silva Checa, Pier Figari Mendoza, Ana Herz Garfias, Jaime Yoshiyama Tanaka, José Chlimper, Adriana Tarazona, Luis Alberto Mejía Lecca, Ytalo Pachas, Aurora Torrejón Riva, Walter Rengifo Saavedra y Fuerza Popular.

El juicio contra Chlimper y los demás solo prosiguió por delitos de organización criminal, lavado de activos y falsa declaración con falsedad genérica. Ahora, se tiene que evaluar los alcances de la sentencia del TC respecto a los hechos y cargos de la denominada acusación sorpresiva.

El fiscal Pérez podría pedir tiempo para evaluar la sentencia del TC bajo el argumento que para él solo alcanza a Chlimper Ackerman y todos los demás deben continuar.

 

 


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