Compañías efectuarán la subdivisión de recibos hasta en 24 meses
Las empresas de servicios de saneamiento deberán fraccionar los recibos emitidos en marzo o que comprendan algún consumo realizado durante el estado de emergencia hasta en 24 meses para aquellos usuarios que no hayan podido solicitar el beneficio.
Según Resolución de Consejo Directivo Nº 018-2020-SUNASS-CD, publicado ayer en el Diario Oficial El Peruano, las compañías deberán efectuar el fraccionamiento en un plazo máximo de 30 días posteriores a la conclusión del periodo del estado de emergencia.
Las empresas deberán indicar en los recibos de pago el monto fraccionado, número de cuotas, el valor de la cuota y el número de cuotas pendientes de pago. Los recibos fraccionados no se consideran vencidos para efectos del cierre de los servicios. Asimismo, no se aplica el cobro de intereses moratorios y/o compensatorios, cargos fijos por mora a los recibos fraccionados
El usuario puede solicitar la variación del número de cuotas, en cuyo caso la empresa prestadora debe dar las facilidades del caso para que la persona presente su solicitud, preferentemente a través de los canales de atención remota que para tal efecto implemente la compañía.
Para facilitar el pago y determinar el consumo real a todos los usuarios a los que no se hubiera realizado la toma de lecturas de medidor por efectos de las medidas de aislamiento social y se les haya facturado por promedio histórico o asignación de consumo, se suspende la facultad de las empresas de realizar el cierre de los servicios de saneamiento.
La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) dispuso también que las empresas pueden realizar descuentos a todos los usuarios de los servicios de saneamiento con la finalidad de fomentar el pago adelantado de las cuotas de fraccionamiento, según corresponda.