PJ confirma autorización en caso ‘Los Niños’
El Poder Judicial (PJ) ratificó la autorización que permitió levantar el secreto bancario de Pedro Castillo y de un grupo de congresistas, en el marco de las investigaciones vinculadas al caso ‘Los Niños’.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema adoptó esta decisión al declarar “infundado” el recurso de apelación presentado por la congresista de la bancada de Acción Popular, Silvia Monteza, con el que buscaba revocar la resolución emitida el 21 de abril de 2025 por el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley.
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En esa resolución, el magistrado declaró “fundado en parte” el requerimiento presentado por el Área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales de la Fiscalía de la Nación para levantar el secreto bancario de Silvia Monteza y de los demás investigados en este caso, correspondiente al periodo comprendido entre el 21 de julio de 2021 y el 31 de diciembre de 2022.
La defensa legal de la congresista sostuvo que la resolución apelada no tomó en cuenta que su patrocinada cuenta con inmunidad parlamentaria, por lo que —según argumentó— se habría vulnerado el procedimiento especial previsto para el procesamiento penal de altos funcionarios.
Asimismo, señaló que el requerimiento fiscal sería nulo de pleno derecho al haberse presentado sin autorización previa del Congreso de la República y que la medida no supera el test constitucional de proporcionalidad, al no demostrarse su idoneidad, necesidad ni razonabilidad, ni acreditarse que la información bancaria resulte imprescindible para el esclarecimiento de los hechos investigados.
No obstante, el tribunal supremo concluyó que la recurrente no logró demostrar que la resolución impugnada incurra en los agravios alegados en su recurso de apelación, ni que se hayan desvirtuado los fundamentos que sustentan la decisión cuestionada. “En consecuencia, corresponde desestimar el recurso y confirmar la decisión venida en grado”, señala la resolución.
“Alegar que, por su condición de congresista, la recurrente no es pasible de ser investigada por presuntos hechos delictivos carece de asidero legal porque no contraviene norma constitucional ni legal alguna”, sostuvo la sala suprema.




