El Parlamento aprobó la medida mediante insistencia
La Ley 31991, que establece el régimen laboral del Cuerpo de Guardaparques del Perú, fue promulgada este sábado 23 de marzo por el Congreso de la República y publicada en la sección de normas legales del Diario Oficial El Peruano. La aprobación por insistencia tuvo lugar el 13 de marzo en la sesión plenaria del Parlamento, luego de ser observada por el Poder Ejecutivo.
Esta ley tiene como objetivo salvaguardar los derechos de los guardaparques, quienes desempeñan un papel crucial en la protección y administración de las áreas naturales protegidas por el Estado.
Esta ley se aplica a los empleados que desempeñan funciones de guardaparque para el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado.
Las responsabilidades del guardaparques incluyen la vigilancia y el control de las áreas naturales protegidas, así como la notificación de actividades que puedan causar impactos adversos en dichos entornos, entre otras tareas.
Dentro de este contexto, también se encargan de verificar que las personas que accedan a estas áreas cuenten con la autorización correspondiente y cumplan con las actividades permitidas. Además, llevan a cabo labores de prevención y respuesta ante incendios forestales.
El presidente del Congreso, Alejandro Soto, y el primer vicepresidente de esta institución, Arturo Alegría, fueron los encargados de firmar esta ley.
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