Para capital de trabajo, reestructurar y refinanciar deudas
El Poder Ejecutivo publicó el sábado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia 029-2020 por el cual se crea el Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), hasta la suma de 300 millones de soles, con el objeto de garantizar los créditos para capital de trabajo otorgados a las MYPE, así como reestructurar y refinanciar sus deudas.
“El presente DU tiene como objetivo promover el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE), a través de créditos para capital de trabajo, así como para reestructurar y refinanciar sus deudas, a fin de mantener e impulsar su desarrollo productivo”, señala la norma.
La presente normativa establece que son elegibles como beneficiarios del FAE-MYPE, las micro y pequeñas empresas que desarrollen actividades de producción, turismo, comercio y servicios conexos, que:
- a) Obtengan créditos para capital de trabajo a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia, según los parámetros establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para créditos a microempresas y pequeñas empresas;
- b) Cuenten con un crédito vigente y se encuentren clasificadas en la central de riesgo de la SBS en la categoría “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP) a febrero de 2020 y requieran una reprogramación o refinanciamiento a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia.
De acuerdo con el DU 029-2020, el plazo de los créditos para capital fondo de trabajo no puede exceder de 36 meses e igualmente el plazo de las reprogramaciones o refinanciamientos de la cartera vigente no puede exceder ese plazo.
Asimismo autoriza a las empresas del sistema financiero y cooperativas a incluir en los plazos señalados un periodo de gracia de hasta seis meses.