El Ministerio de Trabajo también ha establecido los criterios de focalización para el mencionado programa
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha autorizado dos transferencias que suman un total de 34.8 millones de soles del programa de empleo temporal «Llamkasun Perú» hacia varios organismos ejecutores del sector público.
Mediante la Resolución Ministerial N° 000068-2024-TR, publicada en el diario oficial El Peruano el día de hoy, se ha dado luz verde a una transferencia de 12 millones 402,816 soles del programa «Llamkasun Perú» hacia diversos organismos ejecutores. Estos organismos han suscrito un total de 81 convenios para financiar actividades de intervención inmediata.
De igual manera, mediante la Resolución Ministerial N° 000069-2024-TR, se ha dado el visto bueno a una transferencia de 22 millones 412,968 soles del programa «Llamkasun Perú» hacia organismos ejecutores. Estos organismos han suscrito un total de 137 convenios para llevar a cabo actividades de intervención inmediata.
El programa «Llamkasun Perú» llevará a cabo la supervisión y seguimiento de la ejecución física y financiera de las transferencias mencionadas en ambas resoluciones.
Además, se ordena la divulgación de los anexos que incluyen el listado de los organismos ejecutores beneficiarios en el portal web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), tarea que está a cargo de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Lee también:
A través de la Resolución Ministerial N° 000067-2024-TR, se han validado los lineamientos de focalización del programa «Llamkasun Perú» en sus diversas modalidades de acción.
Así, se han ratificado los criterios de focalización del programa «Llamkasun Perú» en su modalidad de intervención 1, dirigida a los distritos que cumplan con al menos uno de los siguientes requisitos:
1.Distritos urbanos con una población en situación de pobreza y pobreza extrema o desempleo que se encuentren en el decil 1 según los criterios establecidos.
2.Los distritos rurales que se ubiquen en el decil 1 en términos de población en situación de pobreza y pobreza extrema, o de población subempleada, según los criterios establecidos.
3.Los distritos ubicados en Lima Metropolitana y el Callao que se encuentren en el quintil 2 en términos del porcentaje de población en situación de pobreza y pobreza extrema, según lo establecido.
También se establecieron los criterios de enfoque para el programa «Llamkasun Perú» en sus modalidades de intervención 2 y 3, así como para otras modalidades que el programa pueda aprobar, con el objetivo de dirigirse a grupos de población que enfrenten desempleo, subempleo, pobreza, pobreza extrema, así como dificultades estructurales o coyunturales, afectados por crisis económicas, emergencias o desastres, personas con discapacidad, y mujeres que sean víctimas de cualquier forma o contexto de violencia.