Abogados de Lozano y Alvarado invocan la sentencia Orellana y nuevas leyes para buscar beneficios en procesos por organización criminal y otros delitos.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema advirtió sobre el impacto de las Leyes 32108 y 32138 al absolver a la red de Rodolfo Orellana. Estas normas modificaron el artículo 317 del Código Penal y redujeron las posibilidades de condenar delitos relacionados con organización criminal.
La sentencia ya está siendo usada como precedente. En menos de una semana, los abogados de Agustín Lozano, expresidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), y Geiner Alvarado, exministro de Pedro Castillo, han apelado a este fallo en sus propios casos.
Lea también: https://larazon.pe/onp-los-dos-requisitos-para-acceder-a-pension-de-s-893/
Caso Lozano: Reventa de entradas
El abogado César Mayta, parte del Estudio de Giulliana Loza, presentó el 13 de noviembre un recurso de improcedencia de acción para Lozano. Este recurso se sustenta en la Ley 32138, que exige que los delitos imputados tengan una pena mínima de 5 años de prisión para configurar una organización criminal.
A Lozano se le acusa de integrar una red criminal que revendía entradas corporativas y de cortesía de la FPF. Aunque la investigación incluye fraude y lavado de activos, el delito de administración fraudulenta, clave en este caso, solo tiene una pena mínima de 3 años.
La defensa argumenta que no hubo fraude porque los fondos de la FPF no incluían los ingresos de las entradas revendidas.
Geiner Alvarado también busca beneficiarse
El exministro de Vivienda, Geiner Alvarado, enfrenta cargos similares y busca aplicar la misma estrategia. Ambos casos muestran cómo los jueces están utilizando la sentencia Orellana como precedente para limitar las imputaciones por organización criminal.