13 de marzo de 2026

|

Lima: Cargando...

Maricarmen Alva propone el reconocimiento facial obligatorio

Alva

Para los aplicativos de bancos a fin de frenar la extorsión

 

La congresista Maricarmen Alva presentó el Proyecto de Ley N° 12984/2025-CR, una iniciativa que propone la implementación de la identificación biofacial y biométrica obligatoria en las entidades del sistema financiero.

El objetivo de la iniciativa es fortalecer la lucha contra la extorsión, el sicariato y los delitos financieros vinculados al crimen organizado.

El proyecto de ley también establece que las entidades del sistema financiero deberán incorporar la verificación de identidad biofacial y biométrica (rostro, huellas o iris) como requisito obligatorio previo a la apertura de cualquier cuenta bancaria, billetera digital o servicio financiero electrónico.

Esta medida se fundamenta en la creciente utilización de cuentas bancarias prestadas y billeteras digitales por parte de las bandas criminales organizadas.

El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) reportó que más del 60% de las transacciones investigadas por fraude digital involucran el uso de cuentas cedidas o alquiladas a terceros.

El uso de tecnologías de reconocimiento facial y biométrico es una práctica global en la prevención del lavado de activos y la suplantación de identidad. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estima que esta verificación podría reducir hasta en un 80% los fraudes por suplantación de identidad.

El proyecto de ley faculta a la SBS para emitir, en un plazo máximo de 90 días calendario, el reglamento técnico y los protocolos de interoperabilidad con el RENIEC y la Policía Nacional del Perú (PNP). Esta coordinación busca fortalecer la trazabilidad de las operaciones y la seguridad del sistema financiero.

Como complemento a la verificación biométrica, el proyecto de ley crea un nuevo delito para penalizar el uso de estas cuentas. Se propone la incorporación del artículo 196-B al Código Penal , que tipifica el “préstamo de cuentas para fines delictivos”.

El individuo que preste, arriende, ceda o permita el uso de su cuenta bancaria o billetera digital a otra persona, sabiendo que será utilizada para la comisión de delitos, será reprimido con pena privativa de libertad de 10 a 15 años.

Scroll al inicio