MEF publicará lista de insumos que incluye ley de exoneración del IGV

Desde el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) indicaron que establecerán las normas necesarias para la aplicación de la ley de exoneración del IGV.

por | Abr 14, 2022 | Economía

Desde el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) indicaron que establecerán las normas necesarias para la aplicación de la ley de exoneración del IGV.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), indicó que publicarán la lista de los insumos principales que pueden utilizar el crédito fiscal en cada bien exonerado del Impuesto General a las Ventas (IGV). Luego de que el Congreso aprobara el proyecto de ley que exonera de este impuesto a algunos alimentos de la canasta básica familiar.

De acuerdo con la norma aprobada, se especifica que, el MEF establecerá las normas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la ley. La cual debe estar focalizando la medida en aquellos insumos de mayor relevancia.

En ese sentido, desde el MEF precisaron que se otorgará un crédito fiscal a los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes que temporalmente se exonerarán del IGV. Con la finalidad de que no incremente el costo final del bien.

“Con ese objetivo, se vienen llevando a cabo reuniones técnicas de trabajo con las asociaciones de productores y gremios empresariales a fin de identificar aquellos insumos esenciales de los productos afectos a la exoneración”, dijo el MEF.

Medidas temporales

Por otro lado, señalaron que el proyecto establece medidas extraordinarias y temporales para atenuar el impacto inflacionario. Esto fue generado por la coyuntura económica internacional de alimentos que forman parte importante de la canasta básica familiar. Además, han tenido un significativo aumento de precios en los últimos meses.

En ese sentido, precisaron que la norma se enfoca en cinco alimentos, que han subido de precio y tienen gran incidencia de consumo para los hogares. Estos son la carne de pollo, los huevos frescos, el azúcar, los fideos (pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar) y el pan.

Además, sostuvieron que esta medida se debe a que las condiciones de incremento de precios de los últimos meses son extraordinarias y temporales. Incluso, responden sobre todo a un contexto internacional, cuyos factores deberían disiparse en el corto plazo.

“Cabe resaltar que esta exoneración temporal del IGV es parte de un conjunto de medidas que se vienen implementando para mitigar el impacto del incremento de los precios”, enfatizaron desde el MEF.


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