Este cambio se desarrolla debido a un incremento de nacionales en el territorio mexicano. Medida entrará en vigor desde el 20 de abril.
En un cambio significativo en las políticas migratorias, México requerirá ahora que los ciudadanos peruanos que deseen ingresar a su territorio obtengan una visa, según lo establecido en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este viernes.
El artículo 1 del acuerdo detalla claramente: “Se da a conocer la aplicación temporal de la visa en pasaportes ordinarios de las personas nacionales de la República del Perú que pretendan ingresar al territorio de los Estados Unidos Mexicanos, en la condición de estancia de visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas”.
Asimismo, el artículo 3 del acuerdo establece que la Secretaría de Relaciones Exteriores llevará a cabo acciones conjuntas con el gobierno de la República del Perú para garantizar flujos migratorios seguros, ordenados y regulares, con miras a, eventualmente, suprimir el requisito de visa para los ciudadanos peruanos.
Asimismo, el texto también destaca que “se ha identificado un incremento sustancial de nacionales peruanos que ingresan al territorio nacional al amparo de la decisión antes señalada, con la finalidad de realizar actividades distintas a las permitidas por la condición de estancia de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”.
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Además, se dio a conocer que la norma regirá a partir del 20 de abril de 2024, los ciudadanos peruanos deberán obtener una visa para entrar a México con propósitos turísticos y empresariales. Aquellos que planeen viajar antes de esa fecha no requerirán de este documento. Es importante destacar que las solicitudes de visa solo serán procesadas a través de los canales designados y no se aceptarán por otros medios.
El 9 de noviembre de 2012, el Gobierno de México informó oficialmente al Gobierno del Perú su resolución de eliminar el requisito de visa para los ciudadanos peruanos que porten pasaportes ordinarios, siempre que su visita se realice en calidad de turista y sin la intención de llevar a cabo actividades remuneradas. Esta medida entró en vigencia a partir de la fecha mencionada.