Ministerio de Justicia resalta la implementación de la normativa sobre deportación de extranjeros condenados

Poder Judicial expulsa a venezolano por robo agravado. Ministerio de Justicia resalta aplicación de norma ejecutiva

por | Oct 19, 2023 | Actualidad

Poder Judicial expulsa a venezolano por robo agravado. Ministerio de Justicia resalta aplicación de norma ejecutiva

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos resalta la implementación de la nueva normativa sobre expulsión de extranjeros condenados, promulgada por el Ejecutivo en el marco de las facultades extraordinarias otorgadas por el Congreso de la República.

Se comunica que el Poder Judicial ha decretado la expulsión de un ciudadano venezolano condenado por el delito de robo agravado. El Ministerio de Justicia subraya que esto fue posible gracias al Decreto Legislativo 1573 emitido por el Ejecutivo con el fin de fortalecer la lucha contra la delincuencia común y el crimen organizado y transnacional.

Adicionalmente, el Ministerio de Justicia informa que continuará promoviendo la colaboración interinstitucional para contribuir a un Perú más seguro y para garantizar que el trabajo de las instituciones y los diversos niveles de gobierno del Estado tenga el impacto que la población espera.

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¿Cuáles son las disposiciones de la normativa sobre expulsión de extranjeros condenados?

En cuanto a la normativa de expulsión de extranjeros condenados, el Decreto Legislativo 1573, que modifica el Código Penal, establece que el Poder Judicial podrá expulsar a extranjeros una vez cumplida la pena por delitos graves, como extorsión, homicidio, sicariato, trata de personas, organización criminal, violación sexual, robo, hurto, secuestro, feminicidio, entre otros.

Asimismo, se estipula una pena de prisión no menor de cuatro años ni mayor de seis años para aquellos que faciliten el ingreso ilegal o el tránsito irregular de extranjeros en el país.

El reingreso clandestino también está sujeto a sanciones, con penas privativas de la libertad no menores de dos años ni mayores de cuatro. Esta disposición se aplica a extranjeros con sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada, sanción administrativa firme o expulsión.

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