Las nuevas reglas del MTC aplicarán a la par del estado de emergencia en Lima y Callao desde este martes
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha dispuesto que a partir del martes 20 de enero las personas que circulen con un ocupante adicional en una motocicleta perciban multas por hasta S/1.320, además de la acumulación de puntos en la licencia de conducir y la imposibilidad de acceder a descuentos por pronto pago en caso de reincidencia.
La norma establece que, si se incumple esta restricción por primera vez, la multa será de S/660 (equivalente al 12% de la UIT vigente en 2026) y se sumarán 50 puntos al récord del conductor. En caso de reincidencia, la sanción aumenta a S/1.320 (24% de la UIT) y 60 puntos, sin derecho a rebajas por pago anticipado.
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De acuerdo con el decreto, el responsable solidario también puede ser el propietario del vehículo o la empresa de transporte, quienes deberán asumir la sanción si la unidad está a su nombre.
A diferencia de la simple circulación en zona restringida, aquí la sanción se aplica por obstaculizar la vía, y no depende del número de personas que viajen en la moto, sino de la acción de impedir la circulación general. La nueva tabla de sanciones para motociclistas en el Perú quedaría de la siguiente manera:
Multa de S/660: Por circular con un acompañante en moto en zona prohibida durante estado de emergencia (primera vez). Sujeto a descuentos del 17% y 33%, como se vio anteriormente. Ejemplo: Un motociclista lleva a otra persona en una avenida de Lima y la policía lo detiene.
Multa de S/1.320: Por reincidir en la misma falta (segunda vez o más). No hay descuento. Ejemplo: El motociclista vuelve a llevar acompañante en moto en zona restringida y es nuevamente intervenido.
Multa de S/8.250: Por bloquear, interrumpir o impedir el tránsito durante emergencia, usando la moto para cerrar una avenida. Tampoco aplica descuento. Ejemplo: Varios motociclistas participan en una protesta y detienen el tránsito en una vía principal.




