MTC cambia el reglamento para emisión de licencias de conducir

Conforme a la norma publicada en el diario oficial El Peruano

por | Jun 6, 2024 | Actualidad

Conforme a la norma publicada en el diario oficial El Peruano

Según el decreto supremo publicado anoche en la edición extraordinaria de normas legales del diario oficial El Peruano, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha realizado modificaciones al Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir.

El decreto supremo N° 011-2024-MTC modifica el literal a) del numeral 19-A.2 del artículo 19-A del reglamento mencionado, abordando el tema de la revalidación de la licencia de conducir.

Según la modificación realizada, para la revalidación de Licencias de Conducir en las Clases A y B, ya sea en la misma categoría o en una inferior, se requiere demostrar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

Se debe presentar una solicitud en forma de declaración jurada, la cual debe estar debidamente completada y firmada, incluyendo los datos personales del solicitante. La solicitud debe indicar:

  • No poseer restricciones legales firmes que le impidan conducir vehículos terrestres.
  • Presentar un certificado médico válido para la obtención de Licencias de Conducir, emitido y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
  • En el caso de Licencias de Conducir de Clase A Categorías II y III, así como de Clase B Categoría II-C, demostrar la inexistencia de sanciones por infracciones muy graves o graves de los códigos G.01, G.02, G.03, G.04, G.05, G.12, G.18b, G.21, G.27, G.28, G.29, G.32, G.33, G.37, G.39 G.64, y G.65 del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2001-MTC. Para la revalidación, se requiere que no existan sanciones firmes o agotadas administrativamente, desde la obtención o última renovación de la licencia hasta la fecha de solicitud. Además, es necesario haber aprobado un examen de conocimientos en un Centro de Evaluación registrado en el SNC.

Dentro de un lapso de 30 días calendario a partir de la publicación de este Decreto Supremo, el MTC llevará a cabo, en colaboración con la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, las adecuaciones requeridas en el Sistema Nacional de Conductores para la efectiva implementación de las disposiciones contempladas en esta normativa.

El presente decreto, firmado por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el ministro de Transportes y Comunicaciones, Raúl Pérez Reyes, será publicado en la sede digital del MTC.

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