Susalud sancionará a centros médicos privados que no cumplan con la norma
A nivel nacional, las clínicas privadas deberán brindar obligatoriamente la información a Susalud de los precios de venta de productos y servicios médicos para prevención, promoción, diagnóstico y tratamiento del coronavirus (covid-19).
Mediante la norma aprobada en la Resolución de Superintendencia 043-2020-Susalud/S, se señala que el plazo de remitir la información será dentro de los cinco días útiles contados a partir de entrada en vigencia de la medida, y posteriormente, cada 30 días calendarios.
La entidad supervisará que el envío de información se efectúe de manera oportuna y contenga información veraz. A la vez podrá ejercer su potestad sancionadora y otras acciones legales que correspondan ante la no entrega, entrega parcial o fraude en la información remitida.
“Si un usuario tiene una factura y considera que hay costos abusivos en ella, nosotros en Susalud asumimos la auditoria de esa factura, tráiganos la factura, reúnase con nosotros y conversaremos con la clínica privada para conocer por qué razón se hizo determinado cobro”, sostuvo el titular de SuSalud, Carlos Acosta.
PUBLICARÁN PRECIOS
El titular recordó que el problema surgió debido a la ascendente situación de los pacientes infectados con Covid-19. Es ahí cuando algunas empresas médicas del sector privado deciden multiplicar ganancias y utilidades en lugar de sumar esfuerzos. Ante esto, anunció que la Intendencia de Investigación y Desarrollo (IID) publicará los precios de venta remitidos previamente por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (Ipress) privadas en el portal web de Susalud.
La norma incluye en esta obligación a las Ipress privadas a escala nacional que comercialicen o expendan a usuarios finales cualquier bien, producto, servicio, insumo, medicamento, procedimiento médico o apoyo diagnóstico relacionado a la prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y servicios complementarios del nuevo coronavirus.