18 de agosto de 2026

|

Lima: Cargando...

Obligan al MEF a pagar a policías deuda del 2%

Con todos tus intereses

La batalla legal por el diferencial del 2% ha llegado a su punto de quiebre, y los resultados son históricamente favorables para la familia policial y militar. El Tribunal Constitucional (TC), mediante el expediente 0019-2017-PC/TC, ha asestado lo que los especialistas llaman el «golpe de gracia» contra la resistencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Ya no se trata solo de recuperar el aporte; ahora, el cobro está blindado y debe incluir, obligatoriamente, todos los intereses legales generados desde el año 2002.

La gran diferencia de este fallo respecto a intentos anteriores radica en su contundencia procesal. El TC ha sido enfático al citar los artículos 22 y 59 del Código Procesal Constitucional. ¿Qué significa esto para usted?

Lee también:

Santa Anita: buscan a conductor que atropelló a comerciante y escapó corriendo

Orden de cumplimiento inmediato: Estos artículos facultan a los jueces a imponer multas y sanciones penales a los funcionarios de la DIVPEN o el MEF que intenten retrasar el pago.

Prohibición de «pagos a medias»: La justicia prohíbe explícitamente que el Estado intente pagar solo el capital nominal. Si no se incluyen los intereses, se considera un incumplimiento de sentencia.

El paso del tiempo suele jugar a favor del deudor, pero en este caso, juega a favor del policía. Debido a que la deuda se arrastra desde hace más de dos décadas, los intereses legales representan una compensación crucial por la pérdida del poder adquisitivo.

«El pago debe ser completo y bajo los términos que la ley exige. Esto garantiza que el valor del dinero se mantenga a pesar de que hayan pasado más de 20 años», señala el dictamen del máximo intérprete de la Constitución.

Para que este blindaje sea efectivo en su bolsillo, usted debe convertirse en el primer fiscalizador de su dinero. Al momento de recibir su liquidación o revisar su boleta, no se fije solo en el monto total; busque el detalle.

Lo que debe verificar obligatoriamente:

Rubro «Capital»: Corresponde al diferencial del 2% adeudado.

Rubro «Intereses Legales»: Este debe aparecer como un concepto aparte y debidamente calculado.

Si este último rubro no aparece, su pago no está cumpliendo con la sentencia del TC.

Scroll al inicio