Ley 31131 eliminará progresivamente la ya antigua modalidad
La Ley N° 31131, que elimina de forma progresiva el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) en el sector público fue publicada ayer en el Boletín de Normas Legales. Conozca los detalles más saltantes del dispositivo legal aprobado por insistencia ayer en el Congreso.
Dicha norma tiene como objetivo incorporar al régimen laboral del Decreto Legislativo DL 728 (Ley de Productividad y Competitividad Laboral) a los trabajadores que hacen labores permanentes en diversas entidades del Estado, bajo el DL 1057 (CAS).
Asimismo, en las entidades públicas, cuyo régimen laboral es exclusivamente el del DL 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, la incorporación se hace en torno a este régimen.
REQUISITOS
Según la norma, para la incorporación al régimen aboral del DL 728 o del DL 276, los trabajadores CAS deben realizar labores de carácter permanente al momento de la entrada en vigencia de la ley.
Otro requisito es que tienen que tener contrato CAS por dos años de modo continuo o tres años de modo discontinuo. Los plazos se computan a partir de la fecha de la publicación de la ley.
De igual modo, haber ingresado a la institución mediante concurso público o haber tenido la condición de servicios no personales y posteriormente el contrato CAS. Los que renunciaron a un contrato CAS para asumir un contrato distinto en el interín de la vigencia de la ley se les reconoce los derechos que confiere la presente norma.
Respecto a la aplicación de la eliminación del régimen CAS, la ley señala que será de forma progresiva, de conformidad con lo establecido en el reglamento de la ley, respetando la disponibilidad presupuestaria de las entidades públicas.