22 de setiembre de 2026

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ONP: requisitos para acceder a pensión mínima de S/ 600

Establecen condiciones a favor de jubilados

Tras el reglamento operativo aprobado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), la Oficina de Normalización Previsional (ONP) estableció las condiciones que deben cumplir los afiliados al Sistema Privado de Pensiones para acceder a las prestaciones del pilar semicontributivo del Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP), entre ellas una pensión mínima de S/600 o proporcional.

Así, esta importante medida permitirá garantizar ingresos durante la vejez, con el objetivo de proteger los aportes de los afiliados y evitar que queden desprotegidos. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber al respecto.

A través de una nota de prensa publicada en sus plataformas oficiales, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP anunció que las Entidades Administradores de Fondos (EAF) y la Oficina de Normalización Previsional (ONP) contarán con un plazo de hasta 100 días hábiles para adecuar sus procesos. Es decir, una vez cumplido este periodo, los afiliados del Sistema Privado de Pensiones que reúnan los requisitos podrán solicitar una pensión mínima o proporcional ante su AFP u otra entidad administradora del país.

De esta manera, la Ley n.° 32123 establece una pensión mínima de S/600 para los afiliados de las AFP y la ONP. En el caso del SPP, la SBS indica que la pensión semicontributiva puede solicitarse bajo las condiciones previstas por la norma como: tener la edad de jubilación, acreditar las UdA requeridas y no haber retirado fondos de la CIC tras la entrada en vigencia de la Ley n.° 32123.

Por su parte, en el SNP, los afiliados podrán solicitar ante la ONP una pensión mínima o proporcional al alcanzar la edad de jubilación establecida, conforme comparte El Peruano.

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