El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) realizará una audiencia pública el 21 de junio de este año, para recibir comentarios al proyecto de resolución que establecerá el factor de productividad trimestral aplicable para el periodo setiembre 2022 – agosto 2025, dentro del régimen de fórmula de tarifas tope estipulados en los contratos de concesión de los que es titular la empresa Telefónica del Perú.
Mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 088-2022-CD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano, el 19 de mayo de 2022, se aprobó la publicación del proyecto normativo para que los interesados puedan remitir por escrito sus comentarios hasta el 17 de junio.
Asimismo, en dicha resolución se convocó a audiencias públicas descentralizadas, a fin de que los interesados puedan expresar oralmente sus comentarios al referido proyecto de resolución. En cumplimiento de ello, el 21 de junio a partir de las 10:30 horas, el ente regulador desarrollará, una audiencia pública bajo la modalidad virtual, dirigida, principalmente, al público de los departamentos de Lima, Arequipa y San Martín.
El evento será trasmitido de manera virtual, estando abierto al público de manera gratuita. Quienes deseen participar o expresar sus comentarios por esta vía, pueden inscribirse en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/AudienciaOsiptel
Los interesados, además, podrán asistir a presenciar la audiencia virtual y expresar oralmente sus comentarios, para cuyo efecto podrán acercarse a las oficinas del OSIPTEL ubicadas en:
- Oficina Regional de Arequipa: Calle Francisco Mostajo Nº 313 – Yanahuara.
- Oficina Regional de San Martín: Jr. Jiménez Pimentel N° 137 – 139, Tarapoto.
- Centro de Orientación San Borja (Lima): Calle De La Prosa 136, San Borja.
Sobre la revisión del factor de productividad
El valor del Factor de Productividad tiene una vigencia de tres años, aspecto que se encuentra especificado en los contratos de concesión aprobados por Decreto Supremo N° 11-94-TCC y modificados por Decreto Supremo N° 021-98-MTC, de los que es titular la empresa Telefónica del Perú.
El factor vigente es aplicable para todos los ajustes trimestrales de tarifas en el periodo setiembre 2019 – agosto 2022, por lo que corresponde al OSIPTEL establecer el valor del Factor de Productividad que deberá ser aplicado durante el periodo setiembre 2022 – agosto 2025, dentro del régimen de Fórmula de Tarifas Tope, a través del cual se regulan los servicios de telefonía fija de Categoría I de la empresa Telefónica del Perú.
De acuerdo al proyecto de resolución del OSIPTEL, el factor de productividad que se establezca se aplicará a partir del 1 de setiembre de 2022, para cada una de las siguientes canastas de servicios: establecimiento de una conexión de servicio de telefonía fija local nueva, a ser cobrada sobre la base de un cargo único de instalación (Canasta C); prestación de una conexión de servicio de telefonía fija local, a ser cobrada en base a una renta mensual y llamadas telefónicas locales (Canasta D), y; llamadas telefónicas de larga distancia nacional y llamadas telefónicas de larga distancia internacional (Canasta E).
Asimismo, se prevé que Telefónica del Perú presente trimestralmente sus solicitudes de ajuste de tarifas tope para cada una de las canastas de servicios, conforme a la Fórmula de Tarifas Tope estipulada en sus Contratos de Concesión y aplicando el Factor de Productividad Trimestral que se determine.