2 de abril de 2026

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Pablo Sánchez se autodenomina Fiscal de la Nación de forma ilegal

Junta Nacional de Justicia podría sancionar a fiscal Pablo Sánchez

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El fiscal supremo Pablo Sánchez Velarde se autoproclamó Fiscal de la Nación interino con una Resolución de Fiscalía de la Nación (RFN 2956-MP-FN), firmada por él mismo, que colisiona con las normas vigentes.

Se debe precisar que la Ley de la Carrera fiscal ha dejado sin efecto el criterio de la antigüedad en la línea de sucesión en caso de suspensión de la Fiscal de la Nación.

El fiscal Pablo Sánchez ha incurrido en responsabilidad penal y disciplinaria”, señaló el periodista Carlos Paredes.

La RFN, firmada por Pablo Sánchez para nombrarse así mismo fiscal de la nación interino, invoca el Art. 158 de la Constitución y el Art. 24 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que no es pertinente para elegir a un fiscal de la naxión titular o interino”, indicó Paredes.

Anotó que el artículo 24 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Decreto Legislativo 052) norma los reemplazos en caso de impedimento, enfermedad, duelo, ausencia temporal y vacaciones, pero no para supensiones, como es el caso de Delia Espinoza.

Para reemplazos por suspensiones se invocaba el artículo 27 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (Decreto Legislativo 052), artículo que no cita Sánchez en su autoproclamación porque ha sido derogado por la nueva Ley de Carrera Fiscal  (Ley 30483)”, indicó.

“ES ILEGAL”

En LA misma línea se pronunció el fiscal supremo Tomás Gálvez, en declaraciones a La Razón. “Lo que ha hecho Pablo Sánchez es ilegal”, dijo.

El magistrado precisó que el argumento utilizado por Sánchez carece de sustento legal, pues se ampara en una norma que ya no está vigente: “Había un artículo de la Ley Orgánica del Ministerio Público, exactamente el artículo 27, que establecía que en caso de suspensión asumía el fiscal supremo más antiguo, pero ese artículo fue derogado por la Ley de la Carrera Fiscal en 2016. Entonces, ese artículo ya no existe”, subrayó.

El magistrado recordó que, tras dicha reforma, solo el artículo 158 de la Constitución regula el procedimiento, el cual establece expresamente que es la Junta de Fiscales Supremos la que debe elegir al fiscal de la Nación, sin distinguir entre titular o interino. “Esa norma se tiene que aplicar”, insistió.

Para Gálvez, el accionar de Pablo Sánchez genera un precedente riesgoso dentro del Ministerio Público, al dejar de lado la institucionalidad.

No está tomando en cuenta que el artículo ese ya se ha derogado. Entonces, dice: por mandato imperativo de la norma. ¿Qué mandato imperativo de la norma si la norma está derogada? (…) Él se ha autodesignado. Creo que eso no es correcto, de todas maneras se verá en la reunión de la Junta de Fiscales Supremos y ahí se tomará la decisión evaluando las circunstancias, dijo.

Gálvez indicó que hoy lunes sesionará la Junta de Fiscales Supremos y vía votación se decidirá quién sucederá en el cargo a Delia Espinoza. “Pablo Sánchez no es Fiscal de la Nación, en este momento no tenemos sucesor de Espinoza”, añadió.

BRONCA

Cabe destacar, que la autoproclamación de Pablo Sánchez reaviva las tensiones en la cúpula del Ministerio Público, en un momento en que la institución enfrenta cuestionamientos por la pugna interna entre magistrados y la necesidad de mantener la estabilidad en la conducción de la Fiscalía.

El doctor Tomás Gálvez advirtió que decisiones adoptadas fuera del marco normativo podrían afectar la legitimidad del Ministerio Público frente a la opinión pública y debilitar la confianza ciudadana en la independencia de la institución. Por ello, la reunión de la Junta de Fiscales Supremos será clave para elegir al nuevo fiscal de la Nación, en medio de un clima de creciente controversia institucional.

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