Exclusión constituye una confiscación de patrimonio, según fallo
El presidente de la federación de Fonavistas, Luis Luzuriaga Garibotto, informó que un total de 328 mil fonavistas que habían sido ilegalmente excluidos como beneficiarios del pago total de sus aportes, finalmente serán incluidos.
Indicó que este tema será definido en una sesión ordinaria el día 13 de julio de la Comisión Ad Hoc.
Explicó que fueron excluidos por «supuestos beneficios de recursos del Fonavi». Ello en razón de la norma declarada inconstitucional en parte en la sentencia 012-2014/TC.
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«Sentencia donde se establece la inaplicabilidad de la fórmula de S/10, porque vulnera el derecho de propiedad. En la misma razón, pretender excluir a 328.000 fonavistas de la devolución constituirá un acto de confiscación de patrimonio producto de su remuneración», expresó la asociación de fonavistas.
Asimismo, señaló que el grupo ha sido convocado a sesión extraordinaria el día 11 de julio.
En la sesión se verá el caso del EPS Grau, empresa municipal que mantiene deuda con el FONAVI y estaría incumpliendo el cronograma de pago de su deuda.
A finales de junio, el Pleno del Congreso de la República aprobó la propuesta legislativa que modifica la Ley 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores contribuyentes.
La decisión congresal busca permitir la devolución parcial con cargo a una posterior cancelación, así como reconocer el derecho de devolución de dinero de los trabajadores que contribuyeron al FONAVI, a sus herederos en caso de fallecimiento.
De acuerdo a la titular de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Rosangella Barbarán Reyes (FP), explicó que para concretar esta medida se debe modificar el artículo 4 de la Ley 29625.
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