ONPE aclara
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) modificó, a través de una resolución jefatural, diversos artículos del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios que, entre otros puntos, establece precisiones respecto del uso que le darán las organizaciones políticas a los fondos percibidos por concepto del financiamiento público directo (FPD).
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En esa línea, el renovado reglamento precisa que dichos recursos —entregados a los partidos políticos y alianzas que mantienen su vigencia y obtienen representación en el Congreso de la República— «no deben ser utilizados con fines de lucro, ni con fines distintos» a los establecidos por ley.
En consecuencia, prohíbe la contratación de personal permanente para funcionamiento ordinario o de servicios diversos con personas naturales condenadas con sentencia consentida o ejecutoriada, o con mandato de prisión preventiva vigente por delitos contra la administración pública, tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, tala ilegal, trata de personas, lavados de activos, terrorismo o crimen organizado».




