Devolución de fondos del FONAVI se realizarán a partir del próximo jueves 21 de diciembre de manera gratuita en las agencias del Banco de la Nación
El Gobierno ha publicado en El Peruano la reglamentación que permite iniciar la devolución de dinero a los exaportantes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). Con esta medida, la Comisión Ad Hoc está autorizada a devolver los aportes a aquellos exfonavistas que pudieron demostrar sus contribuciones monetarias, así como a aquellos a los que solo se les pudo acreditar periodos de aportes, los cuales recibirán su devolución a través de una fórmula de reparto.
El reglamento establecido en el Decreto Supremo Nº 280-2023-EF, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, tiene como objetivo principal ordenar los procedimientos que rigen la devolución de aportes al Fonavi. También busca implementar medidas de simplificación administrativa y optimización de los procedimientos, tanto en el registro y pago a deudos de fonavistas fallecidos, como en la administración de los activos de propiedad del Fonavi, entre otros aspectos.
Ante el reciente anunció que daba a conocer el cobro de Fonavi, la Presidencia del Consejo de Ministros dio a conocer los siguientes puntos acerca del reinicio de la devolución de los aportes del Fonavi mediante un comunicado detallando lo siguiente:
- Este será el vigésimo grupo de fonavistas que recibirán la devolución de sus aportes.
- En este grupo están considerados los mayores de 60 años de edad, así como aquellos que estén registrados en el CONADIS, además de los que padezcan de enfermedades graves o terminales, están contemplados quienes no han recibido hasta ahora ninguna devolución.
- Antes de acercarse, los fonavistas deben verificar si forman parte de este grupo de beneficiarios, ingresando a la web www.fonavi-st.gob.pe. Asimismo, podrán llamar a la central telefónica de atención 640-8655, o asistir a los centros MAC para informarse.
- La devolución de los aportes se realizarán a partir del próximo jueves 21 de diciembre de manera gratuita sin necesidad de tramitadores en las agencias del Banco de la Nación
- Las personas que son herederas de los fonavistas titulares incluidos en el vigésimo grupo de pago, deben verificar que cumplen con los requisitos, deben presentarse con su DNI y firmar declaración jurada en el Banco de la Nación. Se recuerda que una declaración jurada tiene valor legal ante cualquier autoridad.
- La comisión Ad Hoc creacada por la Ley N 29625, aprobará nuevos grupos de pago, dando cumplimiento al proceso de devolución de aportes al FONAVI dispuesto por referida ley.
Así, la resolución aprobó un monto total de más de S/164 millones (S/164.350.034,33), que la Comisión Ad Hoc autorizó para que la Secretaría Técnica del Fonavi pueda efectuar las acciones financieras para gestionar la devolución de estos aportes.
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