JAVIER VALLE- RIESTRA
Coincido con el título del libro escrito hace noventa años por nuestro erudito historiador Jorge Basadre Grohmann quien sostenía que la función de la historia no solo es ver lo que hemos sido, sino –sobre todo— analizar lo que no hemos sido y podríamos ser: una posibilidad, porque el Perú no es únicamente un problema (cfr. Basadre, Jorge; “Perú: Problema y Posibilidad”. F. y E. Rosay, Lima, 1931). Efectivamente, veo al Perú un amplio futuro, pero aún no salimos del viejo problema de responsabilizar a los gobernantes por sus siniestras acciones cuando ascienden al poder. Pedro Castillo encarna la mediocridad y la altanería de los ignorantes; no da señales de querer enmendar sus yerros. Cada semana aparece un problema, un enredo, una torpeza generando el caos y desgobierno. Anuncia, así, su derrocamiento.
II
El viejo problema podría haber quedado resuelto instaurando el juicio de residencia que se aplicó a los virreyes. Abrir, al término de su mandato, un procedimiento de oficio para que el gobernante o funcionario cesante respondieran sobre su conducta durante su gobierno. Es curiosa esta institución; en una época en que el pueblo no elegía a sus gobernantes, podía, en cambio, juzgarlos. Los virreyes se quejaban de este procedimiento. El conde de Chinchón, virrey del Perú de 1629 a 1639, se lamentaba en su “Relación de Gobierno” con estas palabras:
“El cargo de Virrey del Perú se halla muy desigual y desproporcionado, porque hace sus primeras entradas con palio y sale tomándosele la residencia (“Memoria de los virreyes”, Tomo II. p. 420-421).
III
En la Independencia, el Reglamento de 1821 promulgado por San Martin en Huaura mantuvo la residencia. En 1822, el Cabildo de Lima pedía la del ministro Monteagudo, asesinado luego. La primera residencia en forma fue en 1823, en que se procesó al triunvirato de 1822 presidido por José de La Mar, absolviéndolo. Bajo la Constitución de 1839 aconteció el último intento fracasado de residencia (no de acusación) y fue contra el expresidente Castilla, en 1851. Se invocó el art. 118 de la Constitución y el fiscal supremo Mariátegui en su acusación citaba la ley primera, título XV, libro V de Indias; se fijó edictos en lugares públicos convocando sin éxito a los quejosos contra la cesante administración.
IV
La Carta de 1856 habló de residencia, pero a partir de la constitución de 1860 no se volvió a mencionar este tipo de juicio para los exfuncionarios gobernantes. El fiscal Paz Soldán expidió el 6 de agosto de 1872 un dictamen acerca de la solicitud de tres exministros de Estado que pedían su propio enjuiciamiento:
“Excmo señor: Los exministros de Estado se presentan a V.E. pidiendo que les abra el correspondiente juicio de residencia acerca de sus actos oficiales. Desde que se promulgó la constitución de 1860, desapareció esta especie de juicio y fue remplazado por la responsabilidad, cuyos procedimientos fueron designados por la ley del 28 de septiembre 1868.”
V
La residencia, a pesar de su burocratismo y corruptela crecientes, existió en el Perú más de trescientos años. Murió en 1860. Coexistió con la acusación constitucional (casos de Agustín Gamarra y Ramón Castilla Marquesado); sea como antejuicio, juicio político o impeachment; pero, siempre por iniciativa parlamentaria, y no de oficio ni por acción popular. No es conveniente que las constituciones o leyes de responsabilidad confíen el derecho de acusar al mandatario solamente a una persona u organismo. Se reconoce como mejor acusador a la Cámara de Diputados, pero a ella podría unírsele, como posibles vías legítimas para iniciar la acción, el Ministerio Público y la acción popular. Considero que el ideal del juicio de residencia es por medio de un Parlamento bicameral aún inexistente; la Cámara de Diputados acusa y el Senado resuelve si se produce o no un antejuicio. Dejar la residencia a cargo de un ente unicameral es una aberración. Allí se denuncia, se procesa y se decide acusar en vía de impeachment. Pero, hoy no tenemos otro camino. Hay que utilizarlo.
El problema del Perú-solución, está latente porque tenemos un gobernante siniestro como Castillo. Pero, felizmente, allí están las juventudes esperando su momento para borrar del escenario a individuos como los que rigen ahora.
El Perú es una posibilidad.
(*) Jurista, exconstituyente, exdiputado y exsenador de la República.