Los agentes de la Policía de Carreteras tras realizar la intervención y el respectivo registro vehicular, hallaron el material aurífero de ilícita procedencia.
El asombro que se llevaron los agentes de Carreteras fue tremendo. Cuando se disponían a realizar un sorpresivo operativo, sorprendieron a dos hombres trasladando cuatro lingotes de oro a bordo de la camioneta en la que estos mismos se desplazaban. Según lo informado por la Policía Nacional del Perú, los cuatro lingotes de oro, el material incautado, se valoriza en casi 2,5 millones de soles.
Los Agentes de la Unidad Desconcentrada de Protección de Carreteras de Las Lomas de la Región Policial Piura intervinieron a Jaime G. Q. (39) y Edwin Gonzalo R. L. (32), los cuales se trasladaban por el kilómetro 1132 de la carretera Sullana-Puente Internacional. Y tras ser intervenidos a bordo de la camioneta (con placa de rodaje TCU-819), los sujetos mostraron una conducta sospechosa, por lo que los agentes no dudaron en la intervención y realización de un inmediato registro vehicular.
Tras la acción, en el asiento posterior, los encargados se encontraron con los cuatro lingotes de oro escondidos en una sábana, pues estos no contaban con la debida documentación legal. Mediante el informe de la Policía Nacional en Piura se da a conocer el valor del material, que pesa cerca de 11 kilos con 935 gramos, y se estima en S/2 millones 387 mil soles.
Por disposición del Ministerio Público, los dos varones son investigados por el delito de lavado de activos.
Pero, ¿en qué consiste el delito de lavado de activos?
De acuerdo al Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), el lavado de activos consiste en el proceso y acción de «dar una apariencia de legitimidad a los bienes y ganancias que se han originado o derivado de actividades criminales” (Prado en 2022).
¿Cuántos años de prisión se puede recibir en Perú por lavado de activos?
Tal como lo indica el decreto legislativo N°. 1106 -Decreto legislativo de lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y crimen organizado-, el que transporte elementos de origen ilícito «será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de ocho años ni mayor de 15 años».
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