Recurso presentado por defensa de Pedro Castillo buscaba eliminar la investigación en su contra por el autogolpe del 7 de diciembre.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial declaró infundado el recurso de apelación presentado por la defensa legal del expresidente Pedro Castillo contra la decisión del Juzgado de Investigación Preparatoria que desestimó su cuestión previa mediante la cual buscaba eliminar la investigación en su contra por el autogolpe de Estado del 7 de diciembre del 2022.
En su resolución, el titular de la sala suprema, el juez supremo César San Martín, recordó que, en la apelación de la prisión preventiva por este caso, ya avaló el levantamiento inmediato del fuero en casos de flagrancia.
“En vista del pronunciamiento público [de Pedro Castillo], del incumplimiento de sus órdenes por la Policía Nacional y de huida, efectivos policiales lo capturaron en plena fuga, lo que obviamente constituye un caso de delito flagrante pues huyó, fue identificado por su pronunciamiento público e inmediatamente fue aprehendido en camino al local de la Embajada de los Estados Unidos Mexicanos”, se lee en el documento.
El exmandatario interpuso este recurso como parte del proceso seguido en su contra por los delitos de rebelión y otros en agravio del Estado y la sociedad. (2/2)
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) April 11, 2023
Además, la resolución sostiene que “no correspondía aplicar un trámite regular de acusación constitucional [tras el golpe de Estado] por tratarse de un delito flagrante ya que ello implicaría otorgarle libertad pese al peligro de fuga subsistente, lo que podría causar impunidad”.
“La necesidad de una decisión parlamentaria que aprobara la autorización de la formación de causa penal, atento a la flagrancia delictiva y al peligro de huida, manteniendo la esencia de la valoración parlamentaria y de una votación calificada, es suficiente razón política y jurídica para validar el procedimiento parlamentario. La defensa del orden constitucional, el control de los actos del presidente de la República [Pedro Castillo] y la propia institución de la acusación constitucional ante conductas delictivas, en tanto principios fundamentales que derivan de la misma Constitución, justifican el procedimiento seguido”, concluye el texto.
Como se recuerda, la cuestión previa se presentó el pasado 11 de enero con el fin de anular el proceso antes mencionado argumentando que se había vulnerado el derecho al antejuicio político al momento de vacar al expresidente por el intento de resquebrajamiento constitucional perpetrado por él.
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