Empresa china Cosco Shipping quería evitar que sea fiscalizado por el Estado peruano
El Poder Judicial rechazó la demanda presentada por la naviera estatal china Cosco en contra de que el Estado peruano tenga competencia para regular tarifas, servicios o acuerdos de exclusividad dentro del puerto de Chancay, construido por la empresa pública de China con una inversión de 1.300 millones de dólares a título particular.
El Juzgado Civil de Chancay declaró infundada la demanda de amparo presentada por la empresa para frenar la revisión de la norma, pues desde su punto de vista, generaba una amenaza contra sus derechos constitucionales y alteraba las reglas bajo las cuales desarrolló el proyecto portuario, ubicado a 80 kilómetros al norte de Lima.
El dictamen dio así la razón al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) al reconocer que los organismos estatales deben seguir regulando el puerto de Chancay, construido para ser la principal conexión portuaria de Sudamérica con China.
La empresa china sostuvo que un informe técnico del Indecopi contenía hallazgos y análisis que «pretenden sentar las bases para una futura intervención estatal sobre tarifas, servicios o acuerdos de exclusividad» dentro del terminal, lo que afectaría a la libertad de empresa, la seguridad jurídica y el debido proceso.
Sin embargo, el juez concluyó que las actuaciones de Indecopi forman parte del ejercicio regular de las funciones que la ley le asigna para prevenir posibles fallas de mercado y proteger a los usuarios y no son una vulneración a la libertad de empresa, la libre contratación ni al debido proceso.
Según el fallo, la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia actuó dentro del marco de las facultades establecidas por la Constitución y la normativa vigente, y descartó los argumentos de Cosco sobre una supuesta desviación de poder o falta de sustento legal.
Así, el juez descartó que la evaluación iniciada por el Indecopi implique una intervención directa sobre el puerto de Chancay, pues revisar las condiciones de competencia dentro del terminal «no constituye un despojo patrimonial ni una mutación unilateral de contratos», sino que forma parte de las funciones que la ley asigna al organismo.
El puerto, que tiene una capacidad para mover un millón de contenedores al año, pertenece, en un 60 %, a Cosco; y en un 40 %, a la minera peruana Volcan Compañía Minera, la cuarta productora de plata y zinc a nivel mundial.
Desde la etapa final de su construcción, la soberanía de la infraestructura era una zona gris del proyecto, pues Cosco reclamaba su autonomía, y el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) advirtió que existe un vacío legal en la Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN).
CONTRALORÍA
De otro lado, una auditoría de cumplimiento realizada por la Contraloría al MTC, la Autoridad Portuaria Nacional (APN) y Proinversión reveló presuntas irregularidades en los procesos vinculados al Terminal Portuario Multipropósito de Chancay.
De acuerdo con el informe, Proinversión validó, tramitó y firmó un contrato de inversión bajo el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV, además de cinco adendas posteriores, pese a que los representantes de Terminales Portuarios Chancay S.A. (actualmente Cosco Shipping Ports Chancay Perú) no contaban con el poder legal requerido por la normativa vigente para suscribir dicho documento.
Como resultado de este proceso, la empresa accedió y se mantuvo en el beneficio tributario, recibiendo devoluciones por un total de S/ 527.8 millones (USD 153.9 millones), según lo señalado en el informe de control.
El informe también identificó observaciones por parte de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), que aprobó el expediente técnico y otorgó habilitaciones portuarias para la obra, pese a discrepancias entre el trazado del túnel considerado en el expediente y el aprobado en la certificación ambiental vigente.




