El Poder Ejecutivo ha presentado una demanda de inconstitucionalidad contra la ley ya vigente que interpreta, como desarrollo constitucional, la cuestión de confianza y la pone entre sus límites constitucionales naturales.
La ley en cuestión le quita al Congreso la pistola de la sien con la amenaza latente de la disolución, cosa que fue puesta de moda, de manera indebida y con una interpretación degenerativa de la cuestión de confianza, por el presidente Vizcarra cuando en noviembre del 2019, por sí y ante sí, interpretó que la confianza otorgada por el Congreso era una denegación fáctica de confianza y que por lo tanto estaba habilitado para disolver el Congreso.
En efecto, el presidente Vizcarra ese día por televisión y sin la autorización de ningún ministro que lo avale, cosa requerida por la Constitución para la validez de sus actos, declaró por sí y ante sí que había dispuesto la disolución del Congreso, lo cual se ejecutó en la vía de los hechos por la disposición de la Policía Nacional, que cerró el acceso al Parlamento a los congresistas de la República.
Este acto impropio, motivado por una interpretación antojadiza de la cuestión de confianza, trajo muchos pesares para el país, pues no solo Vizcarra gobernó sin control del Legislativo mediante decretos de urgencia extendidos, cosa que tampoco permite la Constitución, sino que además forzó a que fuéramos a elegir un Congreso corto y mocho para un poco más de un año, que dio como consecuencia el Congreso que acabó en julio de este año, que fue muy torpe, populista y que dio lugar a muchas leyes absolutamente inservibles y que, por lo demás, se dio toda esta crisis política y constitucional en medio de la más grave pandemia que asola al mundo entero en el último siglo.
Así entonces, la inestabilidad política, la zozobra generada por Vizcarra y su nefasta disolución del Congreso fue consecuencia de una interpretación extendida de la cuestión de confianza y trajo gran inestabilidad, la vacancia del propio Vizcarra por el Congreso que él hizo elegir, que se lo fagocitó y que además trajo como consecuencia la elección por una semana de un presidente transitorio y luego la elección de otro presidente transitorio, en la cabeza de Sagasti, que fue quien terminó el mandato en el presente año.
Eso no puede ser obviado y eso está fuera de la demanda del Poder Ejecutivo, y eso está fuera de los análisis de los objetores de esta ley, que pretenden señalar que es una modificación constitucional y que altera el equilibrio de poderes, cuando lo único que hace es restablecer el verdadero equilibrio de poderes llevándonos sin solución de continuidad hacia una supuesta facilitación de la vacancia presidencial, que nada tiene que ver, y que no tiene ninguna vinculación conceptual ni jurídica con la regulación de la cuestión de confianza.
Vamos a ver qué pasara en el Tribunal Constitucional donde legítimamente se ven las leyes que son observadas por las minorías o, en este caso, por el Presidente de la República.
El Tribunal tendrá que decir con cinco magistrados que la ley excede la Constitución y que, por lo tanto, debe ser derogada. Hasta que eso no ocurra la ley está vigente, tiene presunción de validez y de constitucionalidad y es exigible, por todos y para todos.
Por lo tanto, el Poder Ejecutivo tendrá que demostrar y lograr convencer a cinco de los actuales seis magistrados del Tribunal Constitucional que su demanda tiene fundamentos, porque, en caso de no reunir esos cinco votos, la ley será validada y constitucionalizada y la demanda, por tanto, desestimada.
Un viejo proverbio árabe señala que “si me sacas con valor, guárdame con honor”, refiriéndose a las actividades de las personas que cuando amenazan con decisiones terminales deben culminar su acción con una decisión honrosa.
Confiamos en que el Tribunal Constitucional no le dé la razón al Poder Ejecutivo y demuestre una vez más que se ha equivocado y que no es el camino de la permanente disolución del Congreso el apropiado para forzarnos hacia una indebida Asamblea Constituyente, que es en el fondo lo que se quisiera lograr con la permanente disolución del Parlamento.
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