Conforme recordarán, luego de asumir Manuel Merino la Presidencia de la República, en legítima y constitucional sucesión presidencial en noviembre del 2020, hubo marchas y manifestaciones contrarias a ello.
Conforme está reiteradamente probado, las citadas concentraciones, inicialmente pacíficas aunque ilegales por haberse realizado en estado de emergencia, se tornaron violentas al ser infiltradas por vándalos y delincuentes, que generaron agresiones a policías y civiles que resultaron lesionados, así como daños a la propiedad pública como privada, sin olvidar que se incendiaron patrulleros, motocicletas y transportes de las fuerzas del orden, todo ello azuzados por cierta prensa irresponsable y aparentemente con el beneplácito de algunos políticos que no nombraremos por higiene mental.
El 15 de noviembre de tal año, el mismo día que Manuel Merino y su gabinete ministerial renunciaron, se interpuso una acción de habeas corpus ante el Juzgado Penal de Turno Permanente de Lima, para que aparecieran 65 personas que con nombres, pelos y señales dijeron los denunciantes que habían desaparecido, imputando la desaparición al entonces aun presidente Merino, al presidente del Consejo de Ministros, al ministro del Interior y a diversos altos mandos de nuestra Policía Nacional.
La denuncia fue también por “delito de lesa humanidad”, así como vulneración de los derechos a la libertad personal, a la libertad ambulatoria, a la integridad física y a la vida. A ello se prestaron algunas ONGs como la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, que tiene una visión selectiva de aquellos, pues siempre olvida las agresiones a los policías como que si ellos no tuviesen también Derechos Humanos.
Bueno pues, ninguna de las personas señaladas como desaparecidas, lo habían sido, estaban como se dice coloquialmente: “vivitos y coleando”, El Defensor del Pueblo, después de la respectiva corroboración dejó constancia que nadie había desaparecido en su Comunicado 26 del 18 de noviembre del 2020, lo que ya era además sabido por los informes de la misma Policía Nacional y del Ministerio de Justicia, pues la ministra Muñoz en funciones aquel entonces había enviado personal de su Despacho a diversas comisarías para cerciorarse de posibles detenidos.
Las fiscalías de prevención del delito probablemente estaban de vacaciones, pues nada dijeron, lo que no era de extrañar pues la Fiscal de la Nación en esos días era Zoraida Ávalos, que ya se sabe de sus siniestras inclinaciones al igual de a quien respondía.
El Décimo Sexto Juzgado Penal de Lima, el 30 de diciembre de 2020 declaró infundado el habeas corpus, lo que fuera confirmado en sentencia del 30 de junio de 2021 por la Séptima Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Lima.
Ante el recurso de agravio constitucional interpuesto por la denunciante, el Tribunal Constitucional en sentencia del 23 de agosto de 2023, declaró IMPROCEDENTE la demanda, con lo terminó dicho absurdo procedimiento legal que valiéndose de mentiras y medias verdades, se había interpuesto contra quienes cumplieron el deber cívico de atender al llamado de la Nación y asumir responsabilidades públicas.
Tres años sometidos los denunciados a proceso judicial, sin ton ni son e incluso con falsas aseveraciones de algún parlamentario de esos tiempos, que con voz meliflua reclamaba por los supuestos desaparecidos.
El título de esta breve columna se debe al recuerdo de la canción “No estaba muerto, estaba de parranda” del gran compositor colombiano Guillermo Gonzáles Arenas, lo que no significa que los supuestos desaparecidos lo estuviesen, aunque si estaban y estaban bien.