1 de abril de 2026

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Por: Antero Flores-Araoz / Complicidad

Ántero Flores-Aráoz

Nuestro sistema democrático constitucional, es el del balance de poderes, en que si bien cada Poder del Estado como son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, más los órganos estatales autónomos como el Tribunal Constitucional, la JNJ, el JNE, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo, cada uno tiene sus atribuciones y facultades definidas pero no necesariamente compartidas, tiene que ejercerlas teniendo en cuenta el balance de poderes, que no los hace confrontar sino colaborar entre sí en pro de la gobernanza del país.

Lógicamente hay reglas que cada Poder y entidad estatal autónoma debe cumplir, algunas de ellas específicas para cada cual y otras compartidas. Entre las específicas del Poder Legislativo, o sea del Congreso, tenemos la prohibición de los parlamentarios en la iniciativa de gasto, pero en las compartidas hay la obligación de que el Presupuesto General de la República esté balanceado, no en el papel sino en la realidad, lo que significa que los ingresos sean suficientes para los gastos presupuestados.

Si se infringen las reglas y los congresistas se arrogan el derecho que no tienen a la iniciativa de gasto y el Congreso como institución lo convalida con su aprobación, el Poder Ejecutivo cuenta con reglas para oponerse. En efecto los ministros pueden concurrir al debate de los proyectos de ley en el Parlamento y dejar expresada su oposición.  Si pese a ello se aprueba, el Ejecutivo a través de la Presidencia de la República tiene quince días para observar la ley y el Congreso puede insistir en la aprobación y la promulga o puede aceptar la observación del Poder Ejecutivo. Incluso, si hay contravención a la Constitución, puede formalizar demanda de inconstitucionalidad de las leyes que considere inconstitucionales.

Evidentemente, si el Poder Ejecutivo cierra los ojos ante las infracciones constitucionales, como el no tener iniciativa de gasto y atentar contra el balance presupuestal, procediendo a la promulgación y publicación de la ley manifiestamente inconstitucional, lo que está haciendo es convertirse en cómplice del Poder Legislativo al haber promulgado norma contraria a la Ley de Leyes.

Específicamente nos estamos refiriendo, entre otras leyes populistas, a la que otorga CTS íntegro, a los trabajadores del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), así como gratificaciones de sueldo completo en julio y en diciembre, mientras que trabajadores regulares y formales del Estado solo perciben diminutos aguinaldos. Tema no solo inconstitucional sino abusivo y para los trabajadores estatales formales, una discriminación ilegítima.

Como estamos en un proceso electoral en curso, para nuevo presidente y vicepresidentes de la República, así como para parlamentarios nacionales y andinos, nuestros Congresistas no levantaron su voz para expresar su contrariedad y voto negativo para las inconstitucionalidades en votación. Cómo muestra máxima de pudor, algunos se abstuvieron de votar, pero con ello ni descargan su conciencia ni enmiendan el enorme desaguisado.

Recuerden los congresistas que juraron cumplir con la Constitución y con ello no aprobar leyes con iniciativa parlamentaria de gasto y, peor con desbalance presupuestal, que ello asimismo colisiona con la moral. Por supuesto que quienes promulgaron la norma, también ofenden la moral.

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