Por: ÁNTERO FLORES-ARÁOZ / Participación electoral

por | Feb 18, 2022 | Opinión

Recientemente se ha originado un bolondrón, por la presentación y debate de proyecto de ley para modificar una norma que limita la participación ciudadana en próximos comicios electorales.

 

Lo explicamos. La Ley de Organizaciones Políticas obliga a las que están en formación a presentar a la autoridad electoral su padrón de afiliados, para su fiscalización y evitar que los ciudadanos pertenezcan a más de una organización política en simultáneo. Los partidos políticos y demás organizaciones de ese carácter, que pretenden participar en el próximo proceso electoral regional y municipal, deberían haber presentado hasta el 5 de enero del 2022 el padrón de afiliados actualizado.

 

Es el caso que el prolífico Jurado Nacional de Elecciones que es pródigo para dictar normas reglamentarias muchas veces innecesarias o exageradas, había dispuesto que los padrones de afiliados tenían que presentarse en conjunto, en un solo momento. Empero diversas agrupaciones políticas habían presentado tales padrones por partes y en varias entregas.

 

Evidentemente el hecho de no esperar hasta tener los padrones completos y presentarlos por partes, facilita la labor de fiscalización de la autoridad electoral, ya que puede irla haciendo según le van llegando dichos padrones.

 

Pues ¡oh sorpresa!, al JNE le surgió la peregrina idea de que debía devolver los lotes de padrones presentados por partes, a los partidos que así lo habían hecho, aduciendo transgresión a la norma reglamentaria, con lo cual está impidiendo a tales partidos políticos participar en la lid electoral regional y municipal que se avecina. Con razón los partidos políticos afectados reclamaron y solicitaron la rectificación del absurdo criterio.

Al no ser oídos y menos escuchados, gestionan ante el Congreso una ley que resuelva el tema, no solo para ahora sino para evitar que en el futuro se insista en tamaño despropósito. En el proyecto en cuestión se propuso exonerar por esta vez la necesidad de que cualquier modificación a normas electorales, no fuere de aplicación para procesos en curso.

 

Bueno pues, saltaron algunos colectivos a protestar, a decir que los perjudicados perdieron su oportunidad de participar por su error de apreciación, que no se puede modificar la norma a estas alturas, en fin que se vayan a llorar al Muro de los Lamentos.

 

Como no soy candidato ni pretendo serlo y como tampoco pertenezco a ninguna organización política, estoy habilitado a dar mi opinión y ella es que debía modificarse la normatividad para permitir que los padrones se puedan presentar por lotes y en forma parcial, siempre y cuando lo sean antes de la fecha de cierre.

 

No tiene lógica alguna que si la Constitución y los convenios internacionales sobre Derechos Humanos, reconocen el derecho a la participación política, la autoridad llamada a resguardar tal derecho como es el JNE sea quien impida la participación, con reglamentos en minúscula que no pueden estar por encima de la Constitución y de la ley en letras mayúsculas.

 

Además, no puede prevalecer norma procesal sobre norma sustantiva y menos aun cuando requisitos formales puedan subsanarse como lo determina nuestra Ley de Procedimientos Administrativos Generales.


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