Por: Ántero Flores-Aráoz / Repartija

por | Ago 12, 2023 | Opinión

Como sabemos es el Pleno del Congreso quien puede aprobar o desestimar los proyectos de ley, pudiendo incluso algunas materias delegarlas en la Comisión Permanente.

Pero es el caso que los proyectos de ley que presentan todos los que tienen iniciativa legislativa, como son los congresistas, el Poder Ejecutivo y muchos otros organismos, antes de llegar al Pleno o a la Comisión Permanente, deben pasar por el trámite de comisiones, esto es, un vicepresidente del Congreso encargado de la función deriva los proyectos a las comisiones parlamentarias especializadas, quienes los debaten y dictaminan.

Cada comisión congresal ordinaria, tiene su presidente, vicepresidente y secretario. Los miembros de las comisiones, que se renuevan todos los años, a excepción de la de inteligencia que es quinquenal, son propuestos por las respectivas bancadas al Presidente del Congreso, el que luego del respectivo acuerdo del Consejo Directivo, lleva el cuadro de comisiones a la decisión del Pleno del Congreso.

Si tenemos en cuenta que hay ciento treinta congresistas y cerca de treinta comisiones, es perfectamente normal que haya diferentes bancadas que tengan la intención de presidir o integrar tal o cual comisión, motivo por lo cual no alcanzando las presidencias de comisión para todos los parlamentarios hay que ponerse de acuerdo.

Para facilitar que hay humo blanco en el Pleno del Congreso, los congresistas a través de sus voceros, realizan las correspondientes conversaciones y concertaciones, para llegar a un cuadro de comisiones lo más adecuado posible, con la nominación de la directiva de cada comisión y sus integrantes, tanto titulares como suplentes.

Las conversaciones a que nos referimos para lograr componer el cuadro de comisiones y que sea aprobado, han sido llamadas por algunos actores políticos, comentaristas y medios de prensa, como repartija, término que lleva una connotación despectiva, que suena a arreglo indebido y a un toma y daca.

La verdad es que para hacer el susodicho cuadro de comisiones, tiene que conversarse y llegarse a acuerdos y ello no es ninguna repartija, es un acto absolutamente legítimo y lógico.

Para facilitar que los parlamentarios se pongan de acuerdo en el cuadro de comisiones, el Reglamento del Congreso (art. 34) señala los criterios de integración de las comisiones que son la pluralidad de los integrantes, esto es que hay miembros de diversas bancadas, la proporcionalidad en su número relacionado con el peso numérico de cada bancada y la especialidad de sus miembros.  La misma proporcionalidad debe respetarse en la composición de las mesas directivas de las comisiones.

Como se puede apreciar, no se trata de repartija, sino el procedimiento para ponerse de acuerdo, sobre todo cuando hay pretensiones coincidentes de más de una bancada parlamentaria.

Siempre en los primeros días de agosto, se observa algún malestar cuando hay pretensiones concurrentes, pero eso no descalifica a los pretendientes ni a sus bancadas.

Lo que sería deseable es que existieran menos grupos o bancadas parlamentarias, lo que facilitaría la preparación del cuadro de comisiones, para lo cual hay que hacer modificaciones en el Reglamento del Congreso, para impedir la división de las bancadas ya que por lo demás, los congresistas han sido electos como participantes de una determinada lista partidaria y su cambio, cuando no es por disidencia sino por transfuguismo, debería estar proscrito.


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