En el desarrollo profesional de todo funcionario público está siempre presente la disyuntiva de tomar decisiones favorables o desfavorables respecto de actos administrativos que van a generar, retirar o limitar derechos de los ciudadanos.
A diferencia de cualquier peruano que está protegido con la garantía constitucional establecida en el literal A del inciso 24 del artículo 2 de nuestra Constitución Política que a la letra indica: “Nadie está obligado a hacer lo que la Ley no manda ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe”, el servidor público en el ejercicio de sus obligaciones no tiene este derecho y aunque parezca increíble está limitado a “realizar lo que la Ley le permite e impedido de hacer lo que ella no le faculta”.
Es decir, está totalmente encasillado en función a lo que la norma señala, de este modo nuestra legislación circunscribe, penaliza y sanciona cualquier iniciativa que esté fuera de los textos únicos de procedimientos administrativos de las diversas entidades del estado.
Para decirlo en cristiano, el colaborador estatal frente a una problemática social queda atado a buscar una salida dentro de normas que en su mayoría son burocráticas, anacrónicas y muchas veces incoherentes con las diversas realidades que tenemos a lo largo y ancho de nuestro país.
Limitar el campo de acción de los gestores públicos a estos instrumentos no hace más que exacerbar a los ciudadanos que en búsqueda de soluciones acuden a las instituciones del gobierno y se topan con que no hay un resultado para sus pedidos porque la norma indica que la salida al problema no es viable o el tiempo en que será posible implementarla es demasiado largo por el papeleo requerido.
Y es que, considero que el legislador equivocadamente buscó restringir la discrecionalidad del trabajador público pensando que de esa manera prevenía el posible actuar delictivo, abusivo y prepotente de algunos de ellos, cuando en realidad lo que debió hacerse es buscar mecanismos de sanciones drásticas frente a las posibles malas decisiones tomadas por estos gerentes públicos dentro de sus funciones, ya que la confianza, la libertad y la posibilidad de innovar son insumos imprescindibles que deberían tener todos los directivo estatales, para dar soluciones ingeniosas, prácticas y de impacto inmediato para los grave problemas que nos aquejan.
Gracias a Dios hoy somos una nación con los recursos necesarios para empezar a salir adelante, es aberrante que no se puedan comprar medicinas de manera oportuna por la serie de papeles que demoran en firmarse.
Es increíble que un alcalde no pueda iluminar un puente peatonal porque a pesar que está en su jurisdicción y sus vecinos son asaltados por la oscuridad, hay un legalismo que indica que la vías principales dependen de la municipalidad provincial y que si lo ilumina comete el delito de malversación de fondos, o que no pueda hacerle mantenimiento a una pista por el mismo motivo o hasta tener que esperar el largo y tedioso papeleo para que la municipalidad provincial le transfiera la posibilidad de hacerlo.
Esperemos que este congreso nos quite estas ataduras y nos permita implementar una función pública eficiente, eficaz y que de soluciones a la población.