Pensadores tan importantes como Thomas Hobbes (1588), John Locke (1632), Jean Jacques Rousseau (1712), Norberto Bobbio y una infinidad más, coincidieron y coinciden, en que para el ser humano la convivencia en sociedad es súper complicada.
Cada persona es un mundo individual producto de sus taras, vivencias, costumbres, traumas, entre otros factores que construyen su personalidad.
Por un lado somos gregarios por naturaleza, pero por el otro solemos tener tendencia a vivir bajo nuestras propias reglas y hacer lo que nos place.
Por ello y para evitar caer en un anarquismo suicida de nuestras sociedades, los individuos que vivimos en ellas y las conformamos, hemos decidido establecer implícitamente un pacto social o contrato social.
Este no es más que un acuerdo de reglas de convivencia entre los individuos que las conforman, buscando instituir sociedades pacíficas y seguras estableciéndose en Estados, este contrato o pacto busca mantener la libertad individual y haciendo uso de esta, se auto impone límites para que el ejercicio de estos derechos individuales no colisionen con los derechos colectivos de la mayoría de sus miembros.
Es así que nace el derecho penal en un intento de regular y poner límites a las acciones antisociales de miembros de la colectividad, detallando en sus instrumentos legales, códigos y normas, las acciones tipificadas como delitos y faltas, así como las sanciones por cometerlos, imponiendo tipos de penas, que pueden ser desde las restrictivas de la libertad, limitativas de derechos o penas de multa, cuando se cometen actividades antisociales consideradas criminales dentro de un país.
Este sistema punitivo ha logrado que avancemos como humanidad, dejando atrás la era del oscurantismo.
Prácticas absurdas como los duelos, la ley del Talion, la Inquisición y otras que demostraban la barbarie y salvajismo al que se puede llegar sin un orden establecido.
Hoy habiendo con éxito regulado y creado un sistema desincentivador de acciones delictivas, ha llegado el momento de firmar un nuevo contrato social, habiendo ya el derecho penal cubierto los delitos y faltas, debemos evolucionar ahora en la búsqueda de mecanismos más efectivos de corrección de lo que se conocen como infracciones.
Estas si bien no son delitos ni faltas, hoy por hoy constituyen el principal problema que evita una convivencia pacífica y armoniosa entre nosotros, siendo esta la dificultad más recurrente para ordenar nuestras ciudades.
Hablamos de actitudes, acciones antisociales que por su levedad no tipifican como delitos ni como faltas, pero la sociedad en su conjunto las rechaza y deplora imponiendo sanciones a quienes las cometen.
Estas sanciones que son generalmente pecuniarias, normalmente no se pagan o ignoran, provocando que el ciudadano sienta que hay impunidad para quien las comete.
Me refiero por ejemplo a quienes miccionan o hacen sus deposiciones en la vía pública, ebrios que vomitan en las calles, quien maneja en estado de ebriedad, dueños de mascotas que no recogen sus excretas, personas que arrojan basura, desmonte o contaminan nuestras ciudades, entre otras tantas que por su levedad no son sancionadas por el derecho penal y que por ello quedan impunes con simples multas municipales que jamás se honran.
Por ello los municipios deben implementar un registro de infractores, el cual deberá estar en Internet.
Esto permitirá exponer el rostro y nombre de los infractores sin retirarlos del registro hasta que paguen sus multas, además de generar ordenanzas de escalonamiento de multas por reincidencias.
Solo con una fiscalización educativa y exponiendo a estos infractores lograremos generar mayor civismo y orden en nuestras ciudades, no soñemos con una ciudad armoniosa, pacifica, segura, eco amigable y ordenada, empecemos a construirla ya.