¿Qué ocurre con una persona cuando el Estado la condena a prisión? La respuesta debería ser elemental: pierde su libertad por el tiempo establecido en una sentencia judicial, pero no pierde su condición de ser humano. Conserva su derecho a la vida, a la integridad física y psicológica y a la protección de la Constitución.
Una condena de prisión no es una autorización para torturar, golpear, violar, humillar, extorsionar o asesinar. La justicia impone una pena; no entrega al condenado a una segunda condena, informal y clandestina, administrada por otros internos.
La Constitución reconoce el derecho a la integridad moral, psíquica y física y prohíbe la violencia, la tortura y los tratos inhumanos o humillantes. Entonces debemos preguntarnos: ¿qué clase de justicia estamos construyendo cuando aceptamos como normales las llamadas “leyes de la cárcel”? ¿Desde cuándo una prisión tiene leyes superiores a la Constitución?
Más grave aún es que en medios de comunicación celebren que un delincuente, al ingresar a prisión, “aprenderá las leyes de la cárcel”, como si la violación, la golpiza, la humillación o la muerte fueran parte legítima de la condena.
Una cárcel no puede convertirse en un territorio donde la Constitución queda en la puerta.
Aquí aparece una paradoja moral: podemos condenar al delincuente por haber vulnerado los derechos de sus víctimas, pero el Estado no puede responder vulnerando los derechos del delincuente. Si lo hace, deja de representar la justicia y se convierte en una extensión de la venganza.
No existen dos sistemas jurídicos: uno para quienes están afuera y otro para quienes están adentro. La Constitución también entra en las cárceles.
Esto no significa defender delincuentes ni minimizar sus crímenes. Significa defender algo mucho más grande: la vigencia de la ley. Porque una sociedad que acepta la tortura de un preso porque considera que “se lo merece” termina aceptando que la dignidad humana depende de quién sea la víctima.
El Perú necesita cárceles seguras, firmes y ordenadas. Debe combatir las mafias penitenciarias, impedir que desde los penales se dirijan organizaciones criminales y garantizar el cumplimiento efectivo de las condenas. Pero todo ello debe hacerse dentro de la ley.
No necesitamos cárceles blandas. Necesitamos cárceles legales.
No necesitamos impunidad. Necesitamos justicia.
No necesitamos proteger al delincuente de su condena. Necesitamos protegerlo de aquello que la propia ley prohíbe.
El Estado no demuestra su fortaleza cuando permite que un preso sea torturado; demuestra su fortaleza cuando consigue que, incluso dentro de una prisión, impere la ley.
Un país también es el reflejo de sus cárceles. Y si aceptamos que dentro de ellas la tortura, la humillación y la muerte formen parte de la condena, tendremos que preguntarnos qué queda de la Constitución, de la justicia y de los valores que decimos defender.
La respuesta corresponde al Gobierno, jueces, fiscales, policías, funcionarios penitenciarios, congresistas, periodistas, comunicadores y a todos nosotros.
Porque una sociedad comienza a perder su humanidad cuando deja de indignarse ante el sufrimiento de aquel que considera indigno de compasión.
(*) Teniente General FAP en retiro



