El Ejecutivo emitió un decreto legislativo que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor
Las empresas ya no podrán realizar llamadas ni enviar mensajes de textos para ofertar productos o servicios a los consumidores sin que ellos no hayan dado su autorización para dicha práctica.
Esta medida se concretó hoy miércoles, luego de que el Ejecutivo publicara un decreto legislativo que modifica la Ley del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Una de las modificaciones está referida al derecho de todo consumidor a la protección contra los métodos comerciales agresivos o engañosos.
Así, el Ejecutivo estableció que «están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales» que empleen «centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo, a todos aquellos números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no hayan brindado a los proveedores de dichos bienes y servicios su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco, para la utilización de esta práctica comercial».