17 de abril del 2005 – Candidato Presidencial Alan García Pérez “El SOAT Médico es una necesidad para solucionar los graves problemas de negligencias que se presentan en los hospitales y recomiendo que se vuelva a presentar la iniciativa para volverla a discutir”.
Dr. Alan García al Diario La Razón lamentando que luego de la votación que rechazó la Bicameralidad, los Congresistas rechazaron un Proyecto de Ley para crear el Seguro contra Negligencias Médicas.
Hace poco abril 2024 ha fallecido la Muñequita Milly por una probable negligencia médica. Reitero lo declarado en RPP el 13.02.2010 “…el paciente peruano está blindado solo con papel”. Debajo un recuento cronológico de cómo se gestó el Proyecto del Seguro contra Negligencias Médicas, y cómo abortó el por un férreo espíritu de cuerpo de los Médicos.
RADIOGRAFÍA DESDE LOS INICIOS DEL SOAT MÉDICO EN PERÚ
09.10.2000 – Para regular la labor médica
Saludan la puesta en marcha del nuevo Código de Ética del Colegio Médico que será un freno a la negligencia, impericia e imprudencias médicas, males que en lo que va del año han generado 61 denuncias reportadas al CMP.
11.10.2000 – Proponen establecer Seguro de Responsabilidad Civil
Gabriel Bustamante Sánchez, Vicepresidente de la Asociación Peruana de Empresas de Corredores de Seguros – APECOSE propone el establecimiento de un Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio para toda persona que ejerza una profesión con el fin que sus clientes se protejan contra una asesoría deficiente.
24.04.2003 – Denuncian negligencia médica en Hospital María Auxiliadora
Mujer de 42 años tuvo que ser operada 3 veces por una histerectomía. Hospital se niega a dar su versión de los hechos, aduce que presentó el informe médico a la Defensoría del Pueblo y a Transparencia del Ministerio de Salud.
20.07.2003 – Ex Ministro de Salud reconoce que el usuario está desprotegido
El Dr. Uriel García señala que se presentará una orgía de demandas si se establece el SOAT Médico…de 50 millones de consultas sólo 250 tiene reclamo. El Dr. Isaías Peñaloza dice que el usuario está protegido por el Código Civil y Penal.
Congreso de la República 21.08.2003 – Proyecto de Ley N° 7938 sobre Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil Médica. Dr. Natale Amprimo Plá.
Se propone modificar el inciso a) del artículo 15° de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, Ley que crea el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil Médica: Toda persona usuaria de los servicios de salud, tiene derecho: a) Al respeto de su personalidad, dignidad e intimidad; así como a recibir una indemnización por el daño causado, en los casos de error, negligencia, impericia u omisión, que causen lesiones, invalidez temporal o permanente o muerte, para lo cual quienes desempeñan actividades profesionales propias de la medicina, odontología, farmacia o cualquier otra relacionada con la atención de la salud, deberán contar con un Seguro Obligatorio por Responsabilidad en el ejercicio profesional, de acuerdo con las condiciones que se establezcan por Decreto Supremo. CONTINUARÁ…