1 de abril de 2026

|

Lima: Cargando...

Por Julio Monar Arias / Proyectos de Ley 13141 y 13142

Julio Calixto Monar Arias

El 07Nov25 el Congresista Darwin Espinoza Vargas presento en mesa de partes del Congreso 02 PL Nos. 13141 y 13142-2025-CR, el primero: “Que habilita la libre desafiliación y la devolución de aportes al Fovipol y Fovime como medida de justicia social ante la crisis económica y la deficiente gestión administrativa de los Fondos de Vivienda Militar y Policial.

La finalidad de la ley es restituir el derecho de libre desafiliación de los recursos personales aportados por el personal Policial y Militar, garantizando su devolución total junto con los intereses generados. Se modifican los Arts. 3ro y 22 de la Ley 24686.La Ley 24686 del 30Jun87 crea en cada Instituto de las FFAA y la PNP los Fondos de Vivienda. La Ley 31826 del 12Jul23 señala mejoras relativas en los Fondos a favor del personal Policial y Militar, sin embargo no resuelve el problema de devolución de aportes y otros detalles, afectando al personal en situación de retiro.

El Decreto Supremo 003-2025-DE del 27Jun25 aprobó el reglamento de la ley 24686, pero persisten los problemas sin resolver. En el plano Congresal donde con este último Proyecto existen a la fecha 09 iniciativas legislativas  por resolver por la Comisión de Defensa,  que en un momento dado  designó al Sr. Congresista Azurin su unificación en uno solo, que hasta hoy no se presenta y por lo tanto sigue persistiendo la afectación al personal policial y militar., por lo que como miembro de Anappomil Coraje recojo las quejas de los asociados y le hago una llamado a la Congresista Karol Paredes Fonseca Presidenta de dicha Comisión a tomar una decisión.

El presente PL señala además que la Contraloría General de la Republica detectó: 1.- Pagos indebidos anticipados por más de 34 Millones de soles. 2.- Contrataciones sin sustento técnico. 3.- Inversiones no autorizadas en la Bolsa de Valores de Lima – BVL contraviniendo la ley 24686. 4.-Compra sobrevalorada de un terreno en Piura por 21 Millones de soles. 5.- Falta de transparencia en sus Estados Financieros.

La otra iniciativa legislativa es el PL 13142-2025-CR para el personal policial y militar, con el objeto de establecer un régimen integral equitativo y sostenible de beneficios sociales y derechos laborales bajo los estándares del Dec. Leg 728, aplicable al personal en situación de actividad, retiro y pensionistas del Dec.Ley 19846, Montepío, derecho ambientes y familiares. Se señala además, que se garantiza una Remuneración Consolidada Mensual-RCM, digna y competitiva para el personal en actividad, reajustable según la variación del índice de precios al consumidor-IPC, con 02 gratificaciones al año en Julio y Diciembre equivalentes a una RCM.

El Art 6, indica una bonificación extraordinaria sobre gratificación del 9% conforme a la ley 30334. Sobre la CTS serán en dos depósitos al año Mayo-Nov conforme al modelo del régimen laboral privado del Dec.Leg 728, con menos de 20 años 60% de la última RCM por año; de 20 años a más 120% de la última RCM, con vacaciones de 30 días cada año con beneficios en salud, educación y seguridad social.

La experiencia me indica que al referido PL en cada articulado se agregue la frase “al personal en actividad y en situación de retiro” borrándose malos entendidos que en el futuro podrían vulnerar los derechos de policías y militares   pensionistas., que requieren de un trato justo, digno, equitativo y sobre todo sostenible en el tiempo.

(*) Comandante PNP en retiro 

 

Scroll al inicio