La Ley Forestal 31973 ha sido objeto de críticas por parte de organizaciones defensoras del medio ambiente y comunidades indígenas del Perú, ya que consideran que la norma promueve la deforestación, lo que conlleva una serie de impactos negativos sobre el medio ambiente y las comunidades locales. En este informe, se argumentará por qué la Ley Forestal 31973 debe ser declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional.
Vulneración del patrimonio nacional
El artículo 66 de la Constitución Política, establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación, y que el Estado es soberano en su aprovechamiento. Esto implica que los recursos forestales y otros elementos del medio ambiente, como las cabeceras de cuenca, fauna silvestre y la diversidad genética, deben ser gestionados y protegidos en beneficio de las generaciones presentes y futuras. La Ley Forestal 31973, al eliminar la zonificación forestal y calificación de tierras, pone en riesgo estos recursos al facilitar su explotación sin criterios técnicos ni ecológicos adecuados. Se estima que en el Perú se pierden anualmente 150,000 hectáreas de bosque, y esta ley podría empeorar esta situación, afectando de manera irreversible el patrimonio natural del país. Esta modificatoria ya está promoviendo la destrucción de los bosques amazónicos.
Falta de consulta previa a las Comunidades Indígenas
Otro aspecto central para declarar la inconstitucionalidad de la Ley Forestal 31973 es la omisión de la consulta previa a las comunidades indígenas. Un derecho reconocido en el artículo 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), regulado por la Ley 29785, del cual el Perú es signatario, establece que los pueblos indígenas tienen derecho a ser consultados de manera previa, libre e informada cuando se adopten medidas legislativas o administrativas que puedan afectar sus derechos, territorios y modos de vida.
Consecuencias ambientales, sociales y económicas
La deforestación no solo tiene un impacto directo sobre los ecosistemas y la biodiversidad, sino que también contribuye al cambio climático, ya que los bosques actúan como sumideros de carbono. La pérdida de estos ecosistemas podría acelerar el calentamiento global, afectando tanto a las comunidades locales como a la población global. La explotación no regulada del patrimonio forestal también puede tener efectos económicos negativos a largo plazo.
Conclusiones
En resumen, la Ley Forestal 31973 debe ser declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional debido a sus múltiples vulneraciones. Asimismo, el Congreso ha incumplido el artículo 102, inciso 2 de la Carta Magna, que lo obliga a velar por el respeto a la Constitución y las leyes, incurriendo en un vicio de nulidad al intentar a través de una ley ordinaria alterar el régimen constitucional. La norma pone en riesgo el patrimonio natural del Perú, contribuye a la deforestación y al cambio climático, y viola el derecho a la consulta previa de las comunidades indígenas. Además, sus efectos podrían ser devastadores no solo para el medio ambiente, sino también para la economía y el bienestar de las generaciones futuras. ¡Adelante!
(*) Expresidente de la República