14 de abril de 2026

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Por: Pablo Arciniega Pérez Alcázar //Fuero común o fuero militar: el dilema que marcó La Cantuta

Este mes se cumple un año de la muerte de Alberto Fujimori. Y con él regresa inevitablemente a la memoria uno de los casos más emblemáticos de su régimen: la masacre de La Cantuta y la maniobra política para llevarla al fuero militar, en lugar de dejarla en el fuero común, donde correspondía.

La historia es conocida, pero nunca sobra recordarla. El 18 de julio de 1992, un destacamento del Ejército, luego identificado como parte del grupo Colina, secuestró y ejecutó a nueve estudiantes y un profesor de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle. No estaban en combate. No eran terroristas armados. Eran civiles desarmados, asesinados en frío.

Desde el inicio, el fuero militar reclamó el caso con un argumento insólito: que los hechos estaban “relacionados con el servicio”. Como si desaparecer y matar estudiantes formara parte de la función constitucional de las Fuerzas Armadas. Un juez penal, Carlos Magno Chacón Flores, no se tragó el cuento. Planteó una contienda de competencia y sostuvo con firmeza que este caso debía juzgarse en el fuero común.

¿Por qué no era un caso militar?

El caso La Cantuta nunca debió salir del fuero común. Y no por capricho, sino por razones jurídicas contundentes:

  1. No fue un acto de servicio militar legítimo.

La Constitución (art. 165) establece que las Fuerzas Armadas garantizan la soberanía y, en estado de emergencia, apoyan a la PNP en el orden interno. Secuestrar y asesinar estudiantes no es servicio militar: es delito.

  1. Los bienes jurídicos lesionados eran comunes.

Se atentó contra la vida y la libertad individual, bienes tutelados por el Código Penal. El fuero militar protege disciplina y jerarquía internas. Aquí lo que se destruyó fue la vida de civiles, no la cadena de mando.

  1. El riesgo de impunidad era evidente.

En los noventa, el fuero militar estaba bajo control jerárquico y político de las Fuerzas Armadas. Dejar el caso allí era, en la práctica, garantizar el blindaje del grupo Colina.

  1. El principio de juez natural.

El artículo 139 inciso 3 de la Constitución consagra que nadie puede ser desviado de su juez natural. Y el juez natural para homicidio y secuestro es el juez penal ordinario, nunca un tribunal castrense.

Por eso, los responsables de la masacre debieron ser procesados como lo que eran: delincuentes comunes que cometieron homicidio y desaparición forzada, no soldados en cumplimiento del deber.

La maniobra política

La Corte Suprema no resolvió el dilema y el Congreso fujimorista entró en escena. El 9 de febrero de 1994, aprobó en tiempo récord la Ley N.° 26.291, la llamada Ley Cantuta, que modificó las reglas de resolución de competencias. Resultado: el caso fue enviado al fuero militar. Un blindaje hecho a la medida, con firma y sello.

La justicia internacional

Años más tarde, en 2006, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado peruano por haber desviado el caso, dejando claro que las violaciones graves a los derechos humanos deben ser juzgadas siempre en el fuero común. Exactamente lo que el juez Chacón había defendido en 1994.

Hoy, a un año de la muerte de Fujimori, recordar La Cantuta es recordar también la fragilidad de nuestras instituciones cuando se someten al poder político y militar. Es recordar cómo se intentó justificar lo injustificable.

El dilema de La Cantuta —fuero común o fuero militar— no fue un tecnicismo. Fue la línea divisoria entre justicia e impunidad. Y aunque Fujimori ya no esté, el país todavía debe aprender que sin jueces valientes, sin instituciones firmes y sin ciudadanos vigilantes, cualquier poder puede volver a inventar su propia “Ley Cantuta” para burlar la justicia.

(*) Abogado

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