Queridos lectores, aunque no lo crean, soy fan de las series de los 90 como Sex and the City y Friends. Puedo verlas muchas veces sin aburrirme, también soy una gran admiradora de Game of Thrones y no me pierdo ningún episodio de su precuela, House of the Dragon, que se estrena cada semana en Max. Por cierto, soy del equipo de los Targaryen. Esta semana, una de mis mejores amigas me invitó a ver un nuevo documental en Netflix. Esto me hizo reflexionar sobre cómo mi vida se entrelaza con los servicios de streaming, estoy segura que la de todos ustedes también. Justo esta semana, el gobierno anunció que todos los servicios que brindan las plataformas digitales con domicilio en el extranjero a residentes en Perú, como Netflix y Disney, deberán pagar el 18% del Impuesto General a las Ventas (IGV).
¿Qué implica este decreto? El Decreto 1623, aprobado bajo la delegación de facultades legislativas solicitada por el gobierno, establece que las plataformas digitales deben identificar si el usuario está en Perú mediante la dirección IP o cualquier otro medio de geolocalización del dispositivo. Este monitoreo levanta preocupaciones sobre el derecho a la privacidad, uno de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú. El artículo 2 de la Constitución peruana garantiza a todos los ciudadanos el derecho a la intimidad y la protección de datos personales, lo cual podría verse comprometido si no se implementan medidas adecuadas de protección de la información del usuario.
¿Qué servicios están afectados? El IGV aplica a servicios que permiten el acceso o transmisión en línea de imágenes, series, películas, música, Airbnb, Uber y cualquier otro contenido digital, ya sea por streaming u otra tecnología. También incluye el almacenamiento de información, el acceso a redes sociales y los servicios de revistas o periódicos en línea. Es crucial entender que, aunque este impuesto se aplica al consumo, no se grava la renta de estas empresas. Si una empresa extranjera no se inscribe en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) o no declara o paga el IGV retenido durante dos meses consecutivos o alternos, la recaudación del impuesto será a través de facilitadores de pago, como entidades financieras, el Banco de la Nación y operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones.
¿Cómo afecta esto al consumidor? En un país como Perú, donde la informalidad es alta, este impuesto se transfiere al consumidor final. Por ejemplo, si pagas 30 soles al mes por Netflix, se añadirá un 18% más a tu mensualidad por dicho servicio. Esto podría provocar un aumento en la duplicación de la piratería, ya que los consumidores buscarán alternativas más económicas para acceder a contenido digital.
En un esfuerzo por evitar costos adicionales, muchos podrían recurrir a plataformas ilegales que no ofrecen la misma calidad y seguridad que las plataformas oficiales.
Este nuevo impuesto se aplica de manera residual y no a la renta, lo que significa que debemos esperar a que se aclaren las definiciones de lo que se considera un servicio digital. Por ejemplo, servicios educativos en línea podrían verse afectados. Es una situación que nos invita a todos a estar atentos y a dialogar sobre el equilibrio entre la necesidad de una regulación justa y el acceso a contenido digital asequible.
Así que, mientras disfrutamos de nuestras series favoritas y documentales interesantes, también es importante reflexionar sobre cómo estos cambios nos afectan como consumidores. ¡Hasta la próxima, queridos lectores, y que Rhaenyra pueda vencer a los verdes! Puedes escribirme a mi correo electrónico [email protected] o a mi cuenta x @rossbarrantess
Abogada Constitucionalista